Revistas Jenasa

Revista Nº 26 Mayo 2007

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Nº 26 May. 07

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Esperanza Aguirre, en un momento de su intervención en FEDESSO.

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José Moreno Gil, responsable de formación de PLC Madrid SLU, y Jesus Navarro, director del Grupo JENASA.

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Representantes de Grupo Jenasa, en el encuentro por la Excelencia Madrileña.

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Daxiao Qiu, nuevo miembro del grupo, comunicador con empresas Chinas.

Editorial :: Compartiendo Futuro.

jesus0126Un día partí con ilusión y recelo, aventurero de hoy en un mundo nuevo, a descubrir formas de vida y principios, filosofía y visiones, cultura, en definitiva, que ofrece riqueza y grandeza de siglos a un futuro que nos arrolla en silencio.

Sin darme cuenta me encontré con que las distancias se medían en días de viaje reposados en estrechas literas de autobús; donde las dimensiones empequeñecían a occidente; donde en cada casa se te ofrece algo en su pequeño comercio; donde el precio solo sirve para iniciar una relación en la que es difícil diferenciar entre la verdad y el valor; donde lo sencillo y el ingenio son los medios de vida; donde la mirada limpia y pura de un niño, por un sencillo caramelo, se llena de agradecimiento; donde uno se siente escudriñado y analizado por miradas de ojos sinceros; donde se respira ansia y ganas de volar en el firmamento para alcanzar ese cielo capitalista y consumista incapaz de satisfacer los sueños; donde aún se saborea, con olor a incienso, la calma y el silencio que hace revivir lo más profundo de nuestros sentimientos.

china0126Es un mundo donde no hay horarios, donde el trabajo y el comercio no son obligación ni derecho, sino medio y modo de vida, intercambio de culturas, que posibilita el desarrollo de los pueblos.

China hoy se empieza a tener en cuenta, camina paso a paso, o mejor, se desliza entre nosotros con la sabiduría y habilidad del mítico dragón que, reafirmando su existencia, se entremezcla en silencio ampliando su propio imperio.

Lo mejor es aprender de ellos y reconocer que todo por lo que hemos luchado en occidente no siempre ha sido bueno, hemos conseguido derechos y calidad de vida a costa de la calidad de vida y los derechos de otros, y eso no es bueno, antes o después tenemos que pagar ese desajuste y esa injusticia. Y sin embargo no se quejan, nos miran y aprenden. Ese es su negocio, la lucha diaria por la vida, esa vida que, a veces, por derecho y sin esfuerzo, la creemos nuestra, como si solo para nosotros se hubiera hecho.

Por eso, por admirar a ese pueblo, yo soy de los que dice: sentémonos, aprendamos, vivamos y negociemos.

 

Jesús Navarro Sánchez
DIRECTOR GERENTE

Noticias del Grupo :: Nuevo departamento especializado en atención a empresas CHINAS.

Agente comunicador: Daxiao Qiu

 

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Noticias del Grupo :: Acuerdo de colaboración con P.L.C Madrid, S.L.U, empresa de servicios al sector electrico.

José Moreno Gil, responsable de formación de PLC. Madrid SLU, y Jesus Navarro, director de Grupo Jenasa.

José Moreno Gil, responsable de formación de PLC. Madrid SLU, y Jesus Navarro, director de Grupo Jenasa.

Grupo Jenasa firma un acuerdo de colaboración ofreciendo su servicio de asesoramiento empresarial para todos los asociados a PLC MADRID, S.L.U, organización que aglutina a empresas del sector eléctrico.

PLC MADRID, S.L.U, es el perfecto bus de comu-nicación entre el sector electrico y la formación; cubriendo sus necesidades de información, formación y asesoramiento técnico integral, (ahora también asesoramiento empresarial -a través de GRUPO JENASA-), dentro del sector eléctrico y muy especialmente entre los instaladores electricistas con inquietud y ánimo de superación.

Se ofrecen los siguientes servicios: asesoramiento técnico, servicios web, catálogos y tarifas de precios, jornadas técnicas, descuentos especiales y software de certificación de instalaciones eléctricas

Noticias del Grupo :: Éxito de público en FEDESSO, Federación de Empresarios del Sur Suroeste.

<p>Esperanza Aguirre, Presidenta de la Comunidad de Madrid, en un momento de su intervención.</p>

Esperanza Aguirre, Presidenta de la Comunidad de Madrid, en un momento de su intervención.

FEDESSO es una asociación que aglutina a 8.500 empresarios de la comarca, pertenecientes a 9 asociaciones de 17 municipios del Sur Suroeste de la Comunidad de Madrid.

En la presentación de esta asociación el éxito de público y convocatoria de autoridades fue absoluto, ya que esta región aporta el 10 por ciento del Producto Interior Bruto (PIB) de Madrid.

Asistieron la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, el Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, Fernando Merry del Val, y alcaldes de los 17 municipios representados.

Otras autoridades que acudieron fueron la Viceconsejera de Economía e Innovación Tecnológica, Concepción Guerra; la Directora General de Comercio, Carmen Cárdeno; el presidente de CECOMA, Vicepresidente de CEIM, Salvador Santos Campano y por supuesto la Presidenta de FEDESSO, Pilar Zamora.

Lo más significativo fue el éxito de público con presencia de más de 800 empresarios de la comarca, todo ello debido al gran poder de convocatoria de las asociaciones representadas.

Grupo Jenasa asiste invitada por distintas asociaciones a las que pertenece.

 

 

Noticias del Grupo :: Encuentro por la Excelencia Empresarial Madrileña.

excelencia26La capacidad competitiva y emprendedora de las empresas madrileñas ha sido el ingrediente de éxito que ha situado a la comunidad entre el selecto grupo de regiones más desarrolladas de Europa. Y es que la economía madrileña está a la cabeza de España en cuanto a crecimiento y creación de empleo.

A través de la organización Fundación Madrid por la Excelencia, se ayuda a las organizaciones madrileñas a seguir avanzando en el camino de la mejora continua y la superación. Por ello, pone en marcha proyectos como el Observatorio de la Excelencia de la Comunidad de Madrid.

Bajo el título “Encuentros por la Excelencia Empresarial Madrileña” la Fundación Madrid por la Excelencia, la Camara de Comercio y Expansión organizan eventos como este, donde importantes figuras del panorama empresarial discuten sobre la realidad empresarial, sirviendo de estímulo para seguir mejorando y aportando un crecimiento sostenible a la economía madrileña. Grupo Jenasa asiste al evento como invitada ya que dispone desde el año 2004 del reconocimiento por el mismo organismo como empresa excelente.

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<p>Fotografías de representantes de Jenasa y organizadores del evento en el último encuentro organizado por Madrid Excelente en el Hotel InterContinental de Madrid.</p>

Fotografías de representantes de Jenasa y organizadores del evento en el último encuentro organizado por Madrid Excelente en el Hotel InterContinental de Madrid.

Noticias del Grupo :: Acto de entegra de diplomas organizado por AFISUR.

Asociación de Administradores de Fincas de Madrid Sur

 

Ultimos asociados a Afisur, después de recoger su diploma acreditativo, junto al presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid y presidente de Afisur.

Ultimos asociados a Afisur, después de recoger su diploma acreditativo, junto al presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid y presidente de Afisur.

El pasado día 24 de abril se desarrolló un acto organizado por la Asociación de Administradores de Fincas de Madrid Sur (AFISUR) en el que se otorgaron diplomas y acreditaciones a los últimos administradores de fincas que se habían incorporado a la organización.

Las acreditaciones ofrecidas les permite colocar el sello de AFISUR en sus establecimientos y documentación, como presupuestos; ofreciendo con ello una doble garantía a las Comunidades que administran: por una lado, la suya propia y por otro la de AFISUR, que les reconoce como administrador consolidado en el Sur de Madrid.

Se contó con la inestimable presencia de Don Miguel Ángel Muñoz Flores, Presidente del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, y las palabras de apoyo de Don Jaime Blanco Granda, Presidente de Honor del mismo Colegio, quien traslado al Presidente de AFISUR, Jesús Navarro Sánchez, sus impresiones sobre esta joven asociación y su apoyo.
Se desarrolló una comida en un ambiente agradable de compañerismo, ya que se presentaron varios administradores de fincas de distintos municipios del sur de Madrid en calidad de amigos y no de ribales como suele ocurrir desde los despachos respectivos, en muchas ocasiones.

AFISUR se va consolidando y se consitituye como un punto de encuentro entre adminis-tradores de fincas del sur de la Comunidad y vínculo más cercano con el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, quien brinda su apoyo, a este tipo de asociaciones, capaces de trasladar, por su cercanía, una problemática más concreta del sector, en este caso del sur de Madrid.

Jesús Navarro Sánchez, como Presidente de AFISUR, resaltó la necesidad de apoyo mutuo para conseguir objetivos que interesan a todos los administradores y la dignificación de la profesión de administrador de fincas.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Devolución de Gasóleo Profesional.

Impuesto especial sobre Hidrocarburos

 

camionRegulado en la Orden 3929/2006 el 21-XII-2006 publicada en el B.O.E. 27-XII-2006.

La devolución de Gasóleo profesional (Impuesto especial sobre Hidrocarburos) se aplicará a las siguientes actividades:

Camiones.- Para camiones con un PMA superior o igual a 7,5 toneladas, el máximo que se devuelve son 8 euros por cada 1.000 litros con un límite de 50.000 litro y vehículo consumido (por lo tanto máxima devolución 400,00 euros vehículo/año).

Autobuses.- Vehículo a motor y para el transporte de viajeros de más de 8 pasajeros, conductor a parte. El máximo que se devuelve son 8 euros por cada 1.000 litros con un límite 50.000 litro y vehículo consumido (por lo tanto máxima devolución 400,00 euros vehículo/año).

Taxis.- El máximo que se devuelve son 8 euros por cada 1.000 litros con un límite 5.000 litros y vehículo consumido (por lo tanto máxima devolución 40,00 euros vehículo/año).

El Impuesto de venta a minorista, que es el céntimo sanitario, depende las comunidades autónomas.

Para darse de alta los pasos son los siguientes:

  1. Darse alta en el censo de beneficiarios, obligatoriamente a través de internet. Por lo tanto es necesario tener el certificado como colaborador social (nosotros sí les podríamos dar de alta).
    En la página de la AEAT, solicitud de Inscripción de beneficiarios, aportando la datos de N.I.F. , cuenta bancaria, y datos del vehículo.
  2. Obtener la tarjeta de Gasóleo Profesional (aparecieron desde el 01-01-2007) en las petroleras y también las emiten determinadas gasolineras.

Se pueden de alta en cualquier momento pero empezando a contar los consumos desde el momento del alta.

Los beneficiarios tienen la obligación de que los 20 primeros días del mes de enero deben presentar una declaración anual, indicando por cada vehículo el número de Kilómetros recorridos del año anterior y que sea coherente con la devolución recibida del Impuesto de Gasóleo Profesional.

Dicha declaración debe ser presentada a través de Internet y se llama Relación Anual de Km. Rea.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Retención sobre la facturación en el régimen de módulos.

A partir del día 1 de enero de 2007 La LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, una de las novedades que introduce es la variación en los tipos de retención, de las más importantes es la aplicación del nuevo tipo a partir del 1 de enero de 2007, serán las que afectan a los alquileres (18%, antes del 15%) y las que afectan a actividades empresariales en estimación objetiva (módulos) que obliga al pagador a retener el 1% en las facturas recibidas por personas físicas en módulos y que se encuentren en algunos de los epígrafes abajo indicados. Es decir, el empresario incluido en el régimen de estimación objetiva por signos índices o módulos, de las actividades que se relacionan a continuación, deberán retener el 1 % en las facturas emitidas a partir del 21 de abril de 2007.

Para aquellas personas físicas en módulos y encuadradas en cualquiera de los siguientes epígrafes:

IAE. Actividad económica

314 y 315 Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería.

316.2, 3, 4 y 9 Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre, menaje y otros artículos en metales N.C.O.P.

453 Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros.

453 Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutada directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para terceros y por encargo.

463 Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción.

468 Industria del mueble de madera.

474.1 Impresión de textos o imágenes.

501.3 Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general.

504.1 Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire).

504.2 y 3 Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire.

504.4, 5, 6, 7 y 8 Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalación o montaje.

505.1, 2, 3 y 4 Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos.

505.5 Carpintería y cerrajería.

505.6 Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales.

505.7 Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.

722 Transporte de mercancías por carretera.

757 Servicios de mudanzas.

Ésta medida contra el fraude aplicable a contribuyentes del IRPF en módulos, para determinadas actividades, tienen que realizarse en las facturas emitidas por la presentación de servicios realizadas a otros empresarios o profesionales.

El Real Decreto, establece también que los empresarios que renuncien a sistemas de módulos , deben comunicar esta circunstancia, al pagador (cliente que recibe la factura) al que se le prestan los servicios.

Los datos del comunicado serán los siguientes:

  • Nombre, apellidos, domicilio fiscal y número de identificación fiscal del comunicante. En el caso de que la actividad económica se desarrolle a través de una entidad en régimen de atribución de rentas, deberá comunicar, además, la razón social o denominación y el número de identificación fiscal de la entidad, así como su condición de representante de la misma.
  • Actividad económica que desarrolla, con indicación del epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Fecha y firma del comunicante.
  • Identificación de la persona o entidad destinataria de dicha comunicación.

Cuando con posterioridad el empresario volviera a determinar los rendimientos de dicha actividad, con arreglo al método de estimación objetiva, deberá comunicar al pagador tal circunstancia, junto con los datos previstos en los puntos anteriores, antes del nacimiento de la obligación de retener.

El cliente quedará obligado a conservar las comunicaciones de datos debidamente firmadas.

Otra de las medidas contra el fraude que afecta a los clientes incluidos en el régimen de estimación objetiva por signos, índices o módulos, es que para el cálculo de los límites de exclusión de la del régimen de módulos, se tendrá en cuenta no sólo las actividades desarrolladas por el contribuyente, sino también las realizadas por el cónyuge, descendientes, ascendientes o las Atribuciones de renta en las que participe siempre que las actividades sean idénticas o similares que las actividades sean idénticas o similares clasificadas dentro del mismo grupo.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Controles de las empresas sobre sus participaciones.

Medida contra el fraude

 

Hacienda ultima el desarrollo reglamentario de la ley antifraude. La norma mantiene unas obligaciones mínimas para las pymes.

Se plantea una nueva regulación de las operaciones vinculadas y los precios de transferencia, esto es, lo que se paga en los intercambios de bienes y servicios entre sociedades de un mismo grupo.

Esta norma obligará a las empresas a tener documentadas y justificadas tales operaciones, que deberán estar realizadas siempre a valor de mercado, para tenerlas a disposición de la inspección fiscal. Las operaciones intragrupo pagan impuestos por lo que su valoración es decisiva.

La obligación de documentación afecta a las empresas entre las que exista alguna relación, según los requisitos fijados en la ley antifraude: por ejemplo, tener una participación del 5% del capital, o del 1% si es una cotizada.

El reglamento va a obligar a documentar igualmente las operaciones con persona o entidades residentes en paraísos fiscales. Se persigue forzar a las empresas a trasladar a España las sociedades y rentas de estos territorios si no pueden demostrar al Fisco que tienen una justificación económica. La norma, prevé que las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, del IRPF y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes tendrán que incluir las principales magnitudes de las operaciones vinculadas o de las realizadas en paraísos fiscales.

DOBLE DOCUMENTACIÓN

Existirá por una lado la documentación formada por información relaiva al grupo al que pertenezca la sociedad y por otro la referente a la propia sociedad. La primera deberá comprender una descripción del grupo, entidades que realizan operaciones vinculadas. Además, se incluirá la memoria o el informe anual del grupo.

La documentación específica de cada empresa tendrá una descripción detallada de la naturaleza e importe de sus operaciones vinculadas; una explicación del método elegido para la valoración de las operaciones; y la descripción de los servicios entre entidades del grupo y de los acuerdos de reparto de costes y servicios que le afecten.

A las pymes se les pedirá una documentación algo más reducida.

LA REVOLUCIÓN FISCAL PARA LAS COMPAÑÍAS.

Las transacciones deben estar realizadas a precio de mercado; antes era la Administración la que debía probar el valor de las operaciones y ahora son las empresas las que tendrán que justificarlo.

Se deberán recoger todas las operaciones, su importe, una justificación del método de valoración elegido, de entre los reconocidad internacionalmente.

Se multará con 1.500 euros por cada datos, o con 15.000 euros por conjunto de datos, que falte, sea falso o inexacto. Si hay que corregir las valoraciones de las operaciones habrá una multa equivalente al 15% del importe corregido.

Hacienda prevé publicar a final de mes un borrador del reglamento de documentación para información pública. No es previsible que el Gobierno pueda aprobarlo antes de septiembre. Pero las obligaciones de documentación no entrarán en vigor hasta tres meses después de la aprobación del reglamento, esto es, ya en 2008.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Consideración sobre el Nuevo Plan General Contable.

El nuevo plan general de contabilidad no permitirá la amortización de los fondos de comercio

 

El nuevo plan general de contabilidad no permitirá que las empresas amorticen los fondos de comercio y cualquier pérdida de valor del mismo tendrá que ser reconocida contablemente en la cuenta de pérdidas y ganancias, según lo previsto en el primer borrador del plan elaborado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda.

Se está trabajando en un texto con criterios simplificados para que, sobre la base del plan general de contabilidad, las pequeñas y medianas empresas (pymes) puedan enfrentarse más fácilmente a los nuevos requisitos.

El organismo publica un borrador en su página Web (http://www.icac.meh.es/)

El borrador incorpora nuevas normas de registro y valoración sobre transacciones y elementos patrimoniales, que no regulaba el actual plan, como las denominadas “combinaciones de negocios” (que incluyen fusiones y escisiones de sociedades).

Aparte de los tres epígrafes que ya es obligatorio especificar en las cuentas de resultados—balance, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria–, se incluyen dos nuevos estados de cambios, el estado de flujos de efectivo, que recoge los flujos de tesorería generados por las compañías, y el estado de cambios del patrimonio neto.

Según las previsiones, tras la correspondiente tramitación parlamentaria, el nuevo plan general contable estará vigente a partir del 1 de enero de 2008, por lo que las cuentas de resultados presentadas en 2009 sobre el año anterior ya tendrán que recoger estos cambios normativos

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Noticias económicas. Breves.

En Madrid ya se pueden constituir empresas en 48 horas

El alcalde de la capital (Ruiz Gallardón) destacó el protagonismo de la pequeña y mediana empresa en la prosperidad de la economía española y pidió la simplificación de los procesos burocráticos para impulsar su crecimiento.

China logra el segundo mayor superávit comercial de su historia

El dinamismo exportador de China sigue sin remitir. El pasado febrero, su superávit comercial pulverizó todos los registros de febrero y alcanzó los 23.760 millones de dólares (18.000 millones de euros), lo que supone un 32, 7% más que en el mismo mes de 2006.

Hacienda investigará el fraude fiscal de alquileres no declarados a través de los recibos de la luz, en los que deberá figurar la referencia catastral de cada vivienda

Las compañías eléctricas disponen de plazo hasta el mes de julio para incluir ese dato en las facturas. La ley de prevención del fraude, que entró en vigor el pasado 1 de enero, es la que establece el citado plazo para adecuar las facturas. La norma también prevé que las eléctricas comuniquen a la Administración los casos en los que no se logre la identificación. Entonces, la Agencia Tributaria podrá requerir directamente a los titulares de la factura eléctrica el número de referencia catastral de la vivienda. Esa identificación inmobiliaria servirá a la Agencia Tributaria para realizar comprobaciones masivas en busca de ingresos por alquiler no declarados.

Las Subcontratas pasarán extrictos controles de empleo a partir del 19 de Abril

Alrededor de 350.000 contratas deberán pasar estrictos controles a partir del 19 de abril, fecha en la que entra en vigor la Ley de la Subcontratación en la Construcción, surgida de la última reforma laboral y que tiene como objetivo crear empleo de mayor calidad en este sector.

El primero de los pasos que deberán seguir estas empresas, en las que trabajan más de 2,5 millones de personas, es darse de alta en un registro de empresas contratistas y subcontratistas acreditadas.

La segunda exigencia será de disponer de un libro de subcontratación en cada obra en la que operen.

España redobla su apuesta comercial por el mercado chino

China será una prioridad para el Gobierno en 2007. Buena muestra del interés es la celebración del año de España en China, que busca intensificar las relaciones comerciales y políticas. En doce meses, los empresarios organizarán un foro de inversión empresarial, asistirán a 40 ferias y participarán en 45 misiones comerciales.

“Es hora de que la cuarta economía del mundo (China) y la octava (España) se conozcan y se reconozcan”. Con esta frase, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, recalcó en su discurso la necesidad de que las dos naciones intensifiquen sus relaciones aprovechando los actos de celebración del Año de España en China, cuyo compromiso se fraguó durante la última visita del Presidente de la República de China, Hu Jintao, a España en noviembre de 2005.

Estas celebraciones, que se coronarán con una visita de Estado de los Reyes de España a China durante el verano, contarán con un gran número de actividades desde todas las perspectivas.

Opinión :: Intimidades sobre la empresa familiar.

Protocolo y Relevo Generacional

 

Las compañías podrán publicar los protocolos o reglas de juego que facilitan su supervivencia.

El grupo alimentario catalán Nutrexpa, controlado por la familia Ferrero, está revisando su Protocolo Familiar, documento que establece las reglas de juego internas en la compañía y que facilita la sucesión y supervivencia de la empresa. El fabricante del Cola-Cao no descarta hacer público este documento. Si quiere, podrá depositarlo en el Registro Mercantil. Es la consecuencia de la nueva normativa que regula la publicidad de los Protocolos Familiares.

Las empresas familiares suelen ser reacias a abrir las interioridades de sus cuentas y de su funcionamiento. Pero sacan pecho y aseguran que su actividad supone un 70% del producto interior bruto (PIB) español. De ahí que Fernando Casado, director general del Instituto de la Empresa Familiar (IEF), considere de “importancia histórica” la decisión de regular la publicidad de los protocolos Familiares. El nuevo Real Decreto que la regula, aprobado ya en Consejo de ministros y a punto de salir publicado en el Boletín Oficial del Estado, no tiene precedente en Europa.

Los grupos familiares han empezado ya a rumiar si les conviene hacer o no hacer público todo o parte del documento y a debatir si deben depositarlo en el Registro Mercantil. La nueva normativa es un paso en la normalización de un tipo de empresa muy opaco. Según Pilar Blanco, directora general de los Registros y del Notario del ministerio de Justicia, “el Protocolo Familiar es un pacto entre privados, y normalmente es de naturaleza reservada”, pero “en un mundo donde prima la transparencia, dejar claro que existen unas reglas internas es lanzar una buena señal al mercado, a los proveedores, a los empleados, a los socios financieros o a los competidores”.

Los protocolos son instrumentos jurídicos propios de este tipo de empresas que persiguen una comunicación fluida entre la familia propietaria, los gestores de la empresa y la propia compañía, y que facilitan el relevo de una generación a otra y la continuidad de la empresa.

El nuevo Real Decreto facilita que las empresas publiciten su protocolo familiar por tres vías. La primera pasa simplemente por mencionar que tienen protocolo, si la empresa cree que ello encaja con sus intereses; la segunda consiste en depositar en el Registro Mercantil todo o parte del texto del protocolo, cuando la empresa presenta sus cuentas del ejercicio cada año; y, en tercer lugar, la posibilidad más rotunda: que la empresa pueda considerar el documento totalmente público, o, en la jerga, hacer constar mediante inscripción en el Registro Mercantil “la escritura de elevación a público de acuerdos sociales en ejecución del protocolo”.

Explicar que se tiene un protocolo aporta un valor añadido ante los grupos con algún interés en el mundo donde opera la empresa, porque supone que se han dado pasos para garantizar su supervivencia.

Pero no sólo eso. Si las partes incumplen el protocolo y éste contempla penalización por ello, o si el protocolo y éste contemplan penalización por ello, o si el protocolo recoge la necesidad de acudir a un sistema de arbitraje para resolver conflictos, legalmente figura así y la fuerza legal es mayor.
La publicidad de los protocolos no se aplicará a las empresas familiares cotizadas, que ya tienen sus mayores obligaciones de transparencia y es de carácter voluntario. Es una de las cosas que más han celebrado las propias empresas.

La publicación de los protocolos ha hecho necesario modificar el reglamento del Registro Mercantil, regulando los consejos de familia, que viene a ser a una empresa familiar lo que la junta de accionistas es en una compañía cotizada en Bolsa, y que, frente a un Consejo de Administración que aborda cuestiones de estrategia y de gestión, aborda los temas relacionados con la propiedad.

Hacer público todo o parte del Protocolo Familiar será una decisión voluntaria, tal y como reclamaban las empresas familiares.

El gobierno cree que la nueva normativa ayudará a las empresas a dar señales positivas al mercado mediante la transparencia.

Las empresas familiares que están cotizando en Bolsa o planeen hacerlo quedan excluidas del nuevo Real Decreto y se rigen por otras normas.

Opinión :: Ética profesional del abogado.

En este artículo vamos a trazar las notas que todo profesional debería tener en cuenta a la hora de emprender la aventura de representar a su cliente ante los Tribunales de Justicia. El decálogo, el cual hace suyo el departamento jurídico de Grupo Jenasa, podemos sintetizarlo en los siguientes puntos:

1.- La independencia.-

Podemos afirmar que hoy día se ha perdido en cierta medida la independencia que años atrás parecía prácticamente inherente a la profesión de abogado. El mundo del ejercicio profesional se está “superpoblando”, lo cual hace que surjan determinados comportamientos que no pueden ser considerados como aceptables desde una perspectiva ética. Así por ejemplo, no es de extrañar que haya quien esté dispuesto a perder su independencia respecto a su cliente, dejando que éste haga y deshaga, aun a pesar de tener que recurrir cuando piensa que no se debe, de plantear determinada demanda de forma contraria a como él lo haría, de cobrar unos bajos honorarios,… Con este tipo de actuaciones, el abogado pierde inexorablemente su independencia, ya que queda sometido a la voluntad del cliente perdiendo todo tipo de credibilidad.

La actuación del abogado debe empezar precisamente con el propio cliente, si bien dicha independencia debe trasladarse a las demás relaciones que mantenga en su labor profesional, esto es, ante los Tribunales de Justicia, ante sus propios compañeros,… El abogado debe ser el primer juez de su cliente, con lo cual seremos nosotros los que pongamos límites a los deseos de venganza o de resarcimiento que pueda llegar a tener.

Algunos autores, entre los que destaca Ángel Ossorio V. El Alma de la Toga. Ángel Ossorio y Gallardo. Capítulo dedicado a la independencia en el ejercicio profesional del abogado. Pg 99, han manifestado que la independencia del abogado puede verse truncada desde el momento en que empieza a trabajar por cuenta ajena, sometido a un sueldo que no experimenta variación. En mi modesta opinión, debo admitir que estoy de acuerdo con dicha afirmación, ya que la labor del abogado debe estar impregnada de ese cierto riesgo profesional que es el saber que haciendo las cosas conforme a Derecho, su actuación se verá recompensada, desechando por contra, el hecho de que actuando bien, mal o regular, el salario no experimentará cambio alguno, con lo que se pierde la ilusión, la imparcialidad,… por avanzar en el mundo del Derecho.

El concepto de independencia ha sido recogido sistemáticamente por los códigos deontológicos. El artículo 2 del Código del Colegio de Abogados de la Unión (CCBE), aprobado el 28.10.88 y asumido por el Consejo General de la Abogacía Española el 22.06.95, establece en su apartado primero que el abogado debe actuar con total independencia ante cualquier presión, principalmente de la que nace de sus propios intereses. En el apartado 7, se manifiesta que el profesional del Derecho debe anteponer en todas sus actuaciones los intereses del cliente, delante de los propios.

El Código Deontológico de la Abogacía Española, aprobado el 29.05.87, y modificado el 29.06.95, establece en su artículo 1.1, que la independencia del abogado debe quedar patente ante el cliente tanto en la esfera intelectual como en la moral, ya que ello supondrá una garantía firme de objetividad ante su defensa. El artículo 6.6 del mismo Código comentado, manifiesta que el abogado podrá retirarse del asunto llevado cuando se den circunstancias especiales. Aquí entraría por ejemplo, el tema de la insostenibilidad de la pretensión.

Ángel Ossorio V. El Alma de la Toga. Ángel Ossorio y Gallardo. Capítulo dedicado a la independencia en el ejercicio profesional del abogado. Pg. 99 nos muestra en su libro El Alma de la Toga, el hecho de que el abogado debe sentirse siempre en una posición de superioridad sobre su defendido. Siendo así, evitaremos los peligros que conlleva lo contrario. A saber: el pacto de cuota litis, (hace al abogado entrar en el juego del éxito o la desventura del procedimiento), de la mujer a quien se ama, (no debemos cegarnos ante la posibilidad de defender a nuestro cónyuge, ya que olvidaríamos nuestros deberes profesionales y los sustituiríamos por intereses personales), de la familia, (para la cual todas las horas del día son hábiles y buenas para agasajarnos con sus dudas, creyéndose en el derecho de imponernos o trazarnos nuestra actuación),…

2.- El secreto profesional.-

El llamado secreto profesional se desenvuelve en un doble ámbito: de una parte, para evitar el lucro personal del abogado utilizando determinada información o documentación, de cuya existencia se tiene conocimiento por el ejercicio de la profesión; de otro lado, el evitar producir perjuicios al cliente, utilizando datos propios del mismo ante administraciones, poderes públicos,… Puede además en todo ello haber una derivación de la protección personal que da el de nuestra Constitución, cuando menciona los derechos a no declarar contra sí mismos y a no confesarse culpables. V. Boletín del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. “La actuación profesional del abogado”. Número II. 3ª época. Febrero de 1999. Artículo de Nicolás Pérez Serrano Jáuregui.

El respeto al cliente ha encontrado acomodo en diversos textos de orientación sobre cómo actuar en la relación cliente-abogado. El Decálogo de San Ivo (1253-1303), ya reflejaba algo así cuando afirmaba que el respeto al cliente debía basarse en el secreto de sus circunstancias y en la información fidedigna sobre el devenir de su caso. Dicho Decálogo contenía incluso la circunstancia de ver adecuada la indemnización por parte del letrado al cliente cuando por culpa del primero se incurriera en demora o negligencia.

En el Código del Colegio de Abogados de la Unión (CCBE), aprobado el 28.10.88 y asumido por el Consejo General de la Abogacía el 22.09.89, el cual ha sido citado anteriormente, se recoge en sus artículos 2 y 3, el secreto como requisito para la confianza en la relación cliente-abogado, y la información como necesaria para mantener una relación duradera entre los mismos.

En el Código Deontológico de la Abogacía Española, aprobado el 29.05.87, modificado el 29.06.95, e igualmente citado con anterioridad, en sus artículos 1 y 6, se recogen los principios que se han puesto de relieve en el párrafo anterior, además de la obligación por parte del abogado de tener confidencia, confianza y obligación de guardar secreto, en todo tiempo, extensible esto a los colaboradores del propio letrado.

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3.- Lealtad – Integridad.-

La lealtad al cliente ha de partir de la propia integridad de la persona. De esta manera, se convierte incluso en un prius respecto al momento en que se conoce al cliente concreto.

4.- Libertad en la aceptación del caso o del cliente.-

Es imprescindible el contar con esta capacidad de decisión. Pero, en numerosas ocasiones la labor del abogado no goza plenamente de esa libertad, imponiéndosele uno u otro. Ello ocurre con más frecuencia en los casos en que la labor del abogado se desarrolla por cuenta ajena, dependiendo de un sueldo o salario determinado. Ante esto, el abogado en cuestión no puede decir “no” a un cliente impuesto desde fuera por su “superior”, aunque compañero del mismo rango en la profesión V. Boletín del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. “La actuación profesional del abogado”. Número II. 3ª época. Febrero de 1999. Autor del artículo: Nicolás Pérez Serrano Jáuregui..

Normalmente, el cliente habitual, con el que se guarda una vieja relación, te impone a tu pesar un caso que por lo común acabaría siendo rechazado. Y, por otro lado, en el interior del letrado funciona, en no pocas ocasiones, una cláusula de conciencia que te invita o te obliga moralmente a esa aceptación, de cliente o caso. El riesgo de que se produzca indefensión por la negativa es de índole menor, dada la competitividad que reina en la profesión y por la existencia de turnos de oficio gratuitos, pero aún así habrá casos en que se nos imponga ese deber moral fruto de la reflexión interna o del imperio de la propia conciencia.

Tanto en el CCBE como en el CDAE, aparece este rasgo característico. Se menciona en ambos la posibilidad que tiene el abogado de abandonar el caso que lleva si con ello no se produce ningún daño a la parte, así como el hecho de no defender intereses contrapuestos, sólo o por el despacho.

5.- Expresar razonadamente la opinión.-

Este principio debe extenderse a todos los ámbitos y empezar por el propio cliente, ante el que no se puede ser sino realista en extremo (respecto a cómo se enjuicia el asunto, su duración, su coste y posibles vicisitudes o contingencias normales en cada tipo de caso), sin pecar de excesivo triunfalismo o de pesimismo.

6.- Razonable cumplimiento de las incompa-tibilidades.-

Esto podría considerarse como una derivación de la lealtad y de la integridad en que debe fundamentarse el ejercicio libre de la profesión. Es posible, desde luego, un mayor o menor grado de rigidez en las incompatibilidades, su existencia, extensión, grado de cumplimiento, etc. Aunque hay un problema inicial: como no me refiero a las de índole legal, sino a las éticas o morales, se impone una cierta flexibilidad. Y sólo se me ocurre apuntar que la autoimposición de incompatibilidades y su control (asimismo personal) plantean no pocas cuestiones de difícil enfoque y solución, dada la índole personalísima con que los problemas se suscitan.

7.- Fijación de honorarios y provisión de fondos.

Tema reflejado en las normas de la Internacional Bar Asociation (IBA). Artículos 14 a 18. .-

Delicadísima cuestión y eso aún cuando existen pautas externas de comportamiento, como ocurre con las normas sobre honorarios mínimos que dictan los Colegios. De nuevo aquí debe aparecer una acomodación personal; y pongamos sólo un ejemplo: hay que distinguir entre aquéllos clientes que hacen la labor del letrado más fácil y aquéllos que lo único que hacen son crear trabas al trabajo del abogado; bien, pues ante un mismo caso, estos últimos deben pagar más que los que facilitan el trabajo del abogado, y ello no como castigo sino en estricta justicia. No hay por qué no asegurar mínimamente la justa retribución de nuestro estudio y actuación profesional concretas, pero tampoco puede cobrarse todo (lo que sea justo de acuerdo con esas normas mínimas y con la acomodación personal ya mencionada) de antemano o en el momento inicial de un previsiblemente muy largo litigio jurisdiccional. Boletín del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. “La actuación profesional del abogado”. Número II. 3ª época. Febrero de 1999. Artículo de Nicolás Pérez Serrano Jáuregui.

8.- No adquisición de intereses personales en el pleito.

Tener en cuenta en este punto los preceptos citados con anterioridad, en cuanto al mismo tema, incorporados en los Códigos Deontológicos señalados..-

Se revela como una pauta de sensatez y de enjuiciamiento estrictamente personal del asunto. Se acerca, además, qué duda cabe, a los dominios de la integridad y de las incompatibilidades. Y ello sin recurrir al viejo y gráfico tópico, con arreglo al cual el abogado que se defiende a sí mismo tiene a un tonto por cliente.

9.- Equitativa distribución del tiempo.-

Es algo constatable, que los abogados tendemos a posponer el estudio de los asuntos sin plazo. En todo caso, la equitativa distribución tiene que lograr un equilibrio entre el que dedicamos a estudio, a visitas, a teléfono, a cumplimiento de plazos y a las obligaciones (colegiales, sociales, etc.), que pueda imponer el ejercicio de la profesión.

Ángel Ossorio, en el ya citado libro de cabecera para todo abogado como es El Alma de la Toga, V. El Alma de la Toga. Ángel Ossorio y Gallardo. Capítulo dedicado al Trabajo. Pg.117 viene a manifestar que para poder dar un servicio digno a cualquier cliente que pretenda contar con nuestros servicios, lo importante es no engañar al cliente, es decir, debemos esforzarnos en hacer nosotros los trabajos, ya que dicho cliente tomó en cuenta al darnos el pleito nuestras condiciones, las cuales van desde la intimidad ética hasta el estilo literario. Manifiesta dicho autor, que el cliente no busca un hombre cualquiera con una toga puesta, sino al abogado X, con su propio sistema de razonar, con su acometividad y sobre todo con su prestigio en los estrados.

Ángel Ossorio, nos ilustra en su obra con un consejo: hay que desechar la tentación de trasnochar a la hora de trabajar. Considera que las mejores horas para trabajar son las que van desde la seis a las diez de la mañana, ya que en esa franja horaria, se ordenan las ideas, se distribuyen las atenciones y se saca adelante el estudio, aprovechando que el mundo aun no se ha despertado. La conclusión de esto, debe sacarla cada individuo en particular.

10.- Dignidad.-

Sería fácil hacer una transposición (a la esfera profesional del Derecho) de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Constitución española, cuando sin ambages señala que la dignidad humana es fundamento del orden político y de la paz social. El abogado debe mantenerse al margen de los objetivos que el cliente (como sujeto involucrado en su propio asunto) desea conseguir a toda costa sin hacer una ponderación de lo justo o de lo injusto.

El Código Dentológico de CCBE y el de la Abogacía Española, amparan este principio en alguno de sus artículos. Así, el primero en los preceptos 2 y 3, manifiesta que las virtudes de la honestidad, probidad y rectitud son obligaciones profesionales. Prohibe dicho código la cuota litis, sin prohibir en su totalidad y taxativamente la publicidad. En cuanto al segundo, en el artículo 1 se hace mención a la obligación del abogado de abstenerse de conductas que supongan infracción o descrédito del honor y la dignidad. Prohibe igualmente la cuota litis, y a diferencia del CCBE, no deja margen a ningún tipo de publicidad.

Empresas :: Apertura de oficina de la DGT en Alcorcón.

Los vecinos de la zona sur de la región no tendrán que ir ya a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid, en la calle Arturo Soria, para realizar sus trámites.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha abierto una nueva oficina en Alcorcón, en el número 6 de la calle Los Alpes, a unos 400 metros de la estación de RENFE y el metro de Alcorcón Central. Se trata de una oficina de 3.500 metros cuadrados que está abierta de lunes a jueves de nueve de la mañana a dos de la tarde y los viernes hasta la una y media de la mañana.

Se podrán hacer los mismos trámites que se hacen en la Jefatura Provincial de la calle de Arturo Soria, salvo el canje de permisos de extranjeros, que, como lleva un trámite más complicado y necesita cita previa se sigue manteniendo en la oficina de Arturo Soria.

La jefatura local de Alcorcón no será la única que exista en la región. El ayuntamiento de Alcalá de Henares ya ha concedido la licencia de obras para la apertura de un centro similar en el municipio complutense.

Fincas :: Ahorro de calefacción en las Comunidades de Propietarios.

Cuando se adquiere una vivienda, se adquiere, junto con ella una serie de equipamientos comunes al edificio o conjunto de edificios, que son los que nos proporcionan los servicios necesarios para hacer habitable nuestra casa. Éstos suelen ser la calefacción, agua caliente central, energía eléctrica para espacios comunes, ascensor, equipos de presión de agua, etc. cuyos consumos de energía son importantes y cuyos gastos se comparten entre los propietarios. A pesar de que la propiedad sea común, todos los propietarios del edificio o edificios que forman la comunidad, tienen oportunidad de manifestar su opinión y tomar medidas de eficiencia energética. Las instalaciones comunes, su consumo y su mantenimiento se pagan con las cuotas individuales que pagan todos los propietarios. Por esto, es fundamental que conozcamos la forma en que la Administración, los responsables de las instalaciones y todos los vecinos de la casa pueden contribuir al uso eficiente de la energía que se consume en la misma, así como las disposiciones legales que han de aplicarse.

Para tener un ahorro de energía importante en el caso de la instalación de calefacción, sin que por ello se menoscabe el bienestar que todos perseguimos tener en nuestra vivienda, es conveniente, en primer lugar tener un adecuado mantenimiento de las instalaciones, de modo que éstas sean energéticamente eficientes sin dejar al margen la imprescindible seguridad de éstas. Es necesario que las calderas de calefacción centralizada tengan un sistema de regulación. Con las centralitas reguladoras se consiguen ahorros muy considerables respecto a aquellas que no lo tienen. Las calderas individuales deben tener un termostato regulador. De este modo, un adecuado mantenimiento unido a un sistema de regulación en las instalaciones comunitarias permite tener ahorros en el consumo de energía superiores al 20%.

En muchos casos el diseño del circuito hidráulico de la red de distribución de calefacción, por no ser adecuado produce diferencias de temperatura muy notables entre unas viviendas y otras del mismo edificio, por ejemplo las orientadas al sudoeste con aquellas orientadas al norte, o las de las últimas plantas con respecto a las plantas inferiores. Estos problemas, además de requerir la intervención de un profesional, necesitan de la concienciación de los vecinos, de modo que aquellos que tengan un exceso de temperatura en sus viviendas cierren las llaves de paso de sus radiadores, ya que las quejas que reciben los responsables de mantenimiento suelen ser por falta de temperatura, no por exceso. Hay muchos casos en los que se abren las ventanas de la vivienda en vez de cerrar dos o tres radiadores, siendo éste un modo directo de malgastar los fondos comunitarios.

Exceptuando zonas muy frías o épocas de baja temperatura extrema, durante la noche es conveniente apagar la caldera de calefacción hasta el día siguiente. A pesar de que las zonas comunes del edificio no suelen tener radiadores, es importante tener doble puerta en el portal o mecanismos de cierre automático para las puertas exteriores. Igualmente, las ventanas de las escaleras no deben dejarse abiertas más tiempo que aquel que requiera una suficiente ventilación.

Las calderas de condensación y las de baja temperatura, a pesar de que son bastante más caras que las convencionales, pueden alcanzar un ahorro de energía del 25% o superior, por lo que el mayor precio se puede amortizar en un periodo cercano a la vida media de la caldera. El resto del tiempo repercutiría directamente este ahorro en la comunidad.

Un porcentaje superior al 10% del coste de la energía se puede perder por las tuberías de distribución que discurran por zonas no calefactadas si no están adecuadamente aisladas. Es importante aislar tuberías que discurran por sala de calderas, garajes, patinillos, sótanos, etc.

Es importante saber que del total del importe de la cuota mensual de comunidad, para aquellos edificios que tienen estos servicios, más del 60% va destinado a pagar la calefacción y el agua caliente.

Opinión :: Navidades en CHINA.

El calendario chino y su Navidad

 

dragonAunque la República Popular China utiliza nuestro calendario gregoriano para cuestiones civiles, el calendario chino todavía sigue en uso.

Las fechas de los distintos festivales que se celebran en el país vienen determinadas por él.

Es un calendario lunisolar, cuya existencia se remonta al siglo XIV a.C.

El año lunar está dividido en 12 meses de 29 o 30 días, y se ajusta al año solar añadiendo un mes extra a intervalos regulares.

Los años se agrupan en ciclos de 60. A cada año sucesivo se le da el nombre de un animal, hasta un total de 12. Luego, se repiten de nuevo.

Estos son los animales que corresponden a algunos años:

  • RATA: 1912 1924 1936 1948 1960 1972 1984 1996 2008
  • BUEY: 1913 1925 1937 1949 1961 1973 1985 1997 2009
  • TIGRE: 1914 1926 1938 1950 1962 1974 1986 1998 2010
  • LIEBRE: 1915 1927 1939 1951 1963 1975 1987 1999 2011
  • DRAGÓN: 1916 1928 1940 1952 1964 1976 1988 2000 2012
  • SERPIENTE: 1917 1929 1941 1953 1965 1977 1989 2001 2013
  • CABALLO: 1918 1930 1942 1954 1966 1978 1990 2002 2014
  • CABRA: 1919 1931 1943 1955 1967 1979 1991 2003 2015
  • MONO: 1920 1932 1944 1956 1968 1980 1992 2004 2016
  • GALLO: 1921 1933 1945 1957 1969 1981 1993 2005 2017
  • PERRO: 1922 1934 1946 1958 1970 1982 1994 2006 2018
  • CERDO: 1923 1935 1947 1959 1971 1983 1995 2007 2019

El Año Nuevo Chino se celebra en la segunda Luna Nueva después del solsticio de diciembre. Este último año (2007) fue el 18 de febrero y en el 2006 fue el 29 de enero.

LA NAVIDAD EN CHINA.

navidadchinaLa fiesta invernal más importante de China es el año nuevo chino. Sin embargo, la influencia occidental ha hecho que todo el mundo conozca la navidad, aunque no sepan exactamente qué se celebra, ¿el cumpleaños de Santa Claus, tal vez?.

En esas fechas muchos comercios decoran los escaparates, sobre todo en los centros comerciales extranjeros.

Las familias más modernas, imagino que esto se verá más en Pekin o Shanghai que en Kunming, también montan el árbol en casa, y los niños ponen el calcetín para que Shengdan Laoren (el viejo de la navidad), les traiga los regalos. Los comerciantes, por su puesto, están encantados de que esto sea así.

Respecto a la cena de Nochebuena, en general, sólo la comunidad chistiana la celebra. La jente joven suele salir a cenar fuera el día de Navidad, y como es una costumbre extranjera, pues lo celebran comiendo pizza. Todas las pizzerías y restaurantes de comida occidental de Kunming estarán llenos esta noche.

La verdad es que lo curioso de todo esto, sobre todo teniendo en cuenta que en occidente muchos niños, cuando vean el “made in china” en todos sus regalos, pensarán que Papa Noel o los Reyes Magos vienen de allí.

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