Revistas Jenasa

Revista Nº 30 Abril 2008

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Nº 30 Abr. 08

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Virginia González – Abogada
Coordinadora del Departamento Mercantil de Grupo Jenasa

 

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Cursos de Formación impartidos por el IMEPE.

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Eva María Imedio Prado. Abogada. Responsable de la oficina en Villarrubia de los Ojos.

Editorial :: Tu decides.

NO LE DES MÁS VUELTAS

 

editorial30La vida puede ser una ruleta, caprichosa en sus paradas, girando y girando nos balancea en el tiempo, nos trae y nos lleva, nos mece en sus brazos adormeciendo nuestros sentimientos, nos convierte en marionetas resignadas que cumplen correctamente con su cometido. Los acontecimientos nos sorprenden, nos adaptamos a sus consecuencias, nos quejamos por sus injusticias, entendiendo por injusticia cada movimiento contrario a nuestro deseo.

Pero la vida también es cosa nuestra, podemos intervenir, hacer lo correcto no es hacerlo correctamente. Podemos intervenir anticipándonos, previniendo, tomando decisiones. Hay cosas que no podemos evitar, pero la mayoría las podemos prever. Solo es cuestión de echar una mirada hacia dentro, de actuar sin miedo, con coraje, con el convencimiento de que lo correcto no siempre es lo convencional, ni lo cómodo, ni lo tradicional.

En los negocios es fácil, sólo es útil lo bueno, lo que ayuda a conseguir los resultados, lo que resuelve y se anticipa a los problemas, lo que facilita el análisis, lo que posibilita la decisión, lo que hace que no te encuentres solo, lo práctico y lo que ayuda en la búsqueda de nuevos caminos.

Tu empresa es nuestra reina y, como tal, nuestra misión es cubrir tus necesidades, tus deseos, tus expectativas, Incluso, yendo más lejos, nuestra misión es crearte esas necesidades y expectativas que hagan del tuyo un reinado rico en iniciativas y próspero en el tiempo. Cada departamento nuestro queremos que sea esa hormiguita que vela por tu presente y alimenta tu futuro.

 

Jesús Navarro Sánchez
DIRECTOR GERENTE

Noticias del Grupo :: Inauguración oficina en Madrid, calle Ferraz.

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Local en calle Ferraz, 28. Próxima inauguración en el mes de mayo de 2008

 

Grupo Jenasa inaugurará próximamente un nuevo local en Madrid, ubicado en la calle Ferraz, número 28.

Desde el próximo mes de mayo permanecerá abierto al público y desde esta ubicación se pretenden centralizar todos los asuntos que habitualmente se atienden desde nuestras oficinas de la calle Toledo y de la calle Ferraz, en el número 30.

Esperamos que este cambio se realice sin trastornar a nuestros clientes y desde estas lineas queremos trasladar que este cambio se realiza con la intención de procurarles una mejor atención y coordinación entre nuestros departamentos. Siempre pensando en prestarles un mejor servicio.

 

 

 

 

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Noticias del Grupo :: Cursos de formación impartidos en el IMEPE.

Virginia González - Abogada. Coordinadora Departamento Mercantil de GRUPO JENASA

Virginia González - Abogada. Coordinadora Departamento Mercantil de GRUPO JENASA

Ya se han celebrado dos de los cursos previstos en virtud del acuerdo de colaboración entre el IMEPE, Instituto Municipal de Empleo, y GRUPO JENASA. Próximamente tendrá lugar el tercero de estos encuentros; previsto éste para el día 24 de abril, donde se tratarán asuntos varios relacionados con la puesta en marcha de una empresa.

Los resultados de estos cursos son bastante positivos dado el interés que se ha mostrado en los asistentes durante su celebración.

En estos cursos tenemos un encuentro personal con los jóvenes emprendedores de nuestra localidad y nos alegramos de ser un apoyo para ellos bien durante la asistencia a los cursos como posteriormente, orientándoles en cualquier asunto que pudieran necesitar, durante la puesta en marcha de su empresa o proyecto.

Mª Jose Carrasco - Licenciada en Derecho. Coordinadora Departamento Laboral de GRUPO JENASA

Mª Jose Carrasco - Licenciada en Derecho. Coordinadora Departamento Laboral de GRUPO JENASA

Grupo Jenasa no es una consultora especializada en formación, no constituyendo ésta en sí el objeto de nuestra actividad, y por ello, les mostramos a los asistentes la problemática básada en la experiencia del día a día y no en teorías difícilmente proyectables a la realidad. Es por ello, que se desarrollan con un contenido fundamentalmente práctico y didáctico para los emprendedores y creemos que por ese motivo son especialmente interesantes y aconsejamos desde estas lineas la asistencia a quien nos esté leyendo y tenga entre manos un proyecto o idea empresarial.

La colaboración del Imepe, asimismo, es fundamental en el desarrollo de los mismos, ya que prestan sus instalaciones y convocan a todos los que han solicitado información en el Imepe, más o menos recientemente.

 

  Calendario de Cursos para 2008

 

06 – Marzo 08. Financiación y subvenciones
27 – Marzo 08. Autónomos: Estatuto y legislación aplicable
24 – Abril 08. Puesta en marcha de una empresa
29 – Mayo 08. Sociedades Profesionales
19 – Junio 08. Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral
16 – Octubre 08. Calidad y medio ambiente
20 – Noviembre 08. Protección de datos
17 – Diciembre 08. Comercio Exterior

El programa de estos cursos podrá variarse a criterio de IMEPE ALCORCON o de Grupo JENASA, siempre atendiendo los intereses de los empresarios de Alcorcón. Los cursos se impartirán en el Centro de Empresas situado en Avda. Industrias s/n del PI Urtinsa los días señalados de las 17:00 a las 20:00 horas

Noticias del Grupo :: Relanzamiento oficina de Villarrubia de los Ojos en Ciudad Real.

C/ Alicante, 59 – 13670 VILLARRUBIA DE LOS OJOS – CIUDAD REAL
Tel.: 926 897 339 – Fax: 926 896 989

 

Eva María Imedio Prado, Abogada, Responsable de oficina en Villarrubia de los Ojos, de GRUPO JENASA

Eva María Imedio Prado, Abogada, Responsable de oficina en Villarrubia de los Ojos, de GRUPO JENASA

Damos un nuevo impulso a nuestra oficina de Villarrubia de los Ojos, abierta ya desde hace más de un año, nombrando a Eva María Imedio Prado, como responsable de la misma, una manchega implicada en la problemática de la zona, con formación y experiencia para afrontar este reto al que no hará frente sóla sino con el apoyo de todo un grupo de profesonales con experiencia en todos los sectores que la empresa y el autónomo abarcan.

“Cuando un día te plantean iniciar un proyecto nuevo, lo primero que debes hacer es sentarte y pensar de forma seria y responsable que tienes tú y que puedes aportar a esa iniciativa.

Pues eso hice yo.

Aunque los nuevos retos me estimulan y me sirven de acicate para emprender con entusiasmo las nuevas responsabilidades, me plantee mi formación y mi experiencia.

De tal modo que pensé que transcurridos ya diez años desde mi licenciatura en derecho y mi paso por la asesoría jurídica de UGT en Ciudad Real así como por el desarrollo de otras actividades como asesor y negociadora de diversos convenios colectivos, alguno como el convenio del campo tan importante en la zona y la imparticion de cursos de formación a los trabajadores, llegué al convencimiento que junto con la estructura, equipo de profesionales e infraestructura que me acompaña, seremos capaces de desarrollar la labor que se nos presenta”.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Se amplía el plazo para presentar e ingresar el primer pago fraccionado en 2008 del Impuesto sobre Sociedades (Modelos 202 y 218) y del IRPF (Modelo 130).

TAMBIÉN SE FLEXIBILIZA EL MÉTODO DEL CÁLCULO

 

Ampliación del plazo del primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades

El Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos ha informado el 27 de marzo, en el curso de una rueda de prensa, que se va a ampliar el plazo para efectuar el primer pago fraccionado de 2008 del Impuesto sobre Sociedades (I.S.) para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a los contribuyentes afectados por la entrada en vigor en 2008 de la nueva normativa contable (Reales Decretos 1514 y 1515/2007).

El plazo estaba previsto que se iniciara el 1 de abril y concluyese el 21 de abril (por ser el 20 domingo). Sin embargo, previsiblemente, el Consejo de Ministros aprobará el 18 de abril un Real Decreto-Ley que ampliará el plazo de presentación hasta el 5 de mayo. Por tanto, el plazo para realizar el primer pago fraccionado del I.S. se iniciará en 2008 el 1 de abril y concluirá el 5 de mayo.

Domiciliación del primer pago fraccionado del I.S.

Los contribuyentes que deseen domiciliar el pago, de acuerdo con las previsiones del Real Decreto-Ley en tramitación, podrán hacerlo hasta el 28 de abril y el cargo en cuenta se producirá el 5 de mayo.

Esta será la fecha de cargo en cuenta del importe a ingresar también para los contribuyentes que presenten la autoliquidación domiciliando el pago antes de la aprobación del Real Decreto-Ley.

Por tanto, el 5 de mayo será la única fecha de cargo en cuenta del primer pago fraccionado, con independencia de que la presentación de la autoliquidación del pago se produzca antes o después de la modificación normativa.

M étodo de cálculo delpago fraccionado del I.S.

El Real Decreto-Ley en tramitación va a permitir a todos los sujetos pasivos del I.S. que elijan el método de cálculo que prefieran para realizar los pagos fraccionados 2008.

En consecuencia, todos los contribuyentes, con independencia de su consideración o no como grandes empresas y de la opción que previamente hayan podido ejercitar, pueden realizar el pago por cualquiera de las dos vías siguientes:

  • Método de la cuota previsto en el artículo 45.2 del texto refundido de la LIS.
  • Método de la base previsto en el artículo 45.3 de la norma citada. En este caso, la determinación del pago fraccionado se podrá realizar sin tener en cuenta los efectos fiscales de los ajustes contables derivados de la entrada en vigor del de la nueva normativa contable (ajustes contables cuya contrapartida sea una cuenta de reservas).

Ejercicio de la opción

Basta con la mera presentación de los modelos de autoliquidación 202, 218 ó 222 aplicando el método de cálculo del pago fraccionado que se prefiera.

No hay que presentar el modelo de declaración censal 036 ni ninguna comunicación adicional.

Tampoco es preciso revocar o modificar las opciones que previamente se hayan podido ejercitar.

Modelos de autoliquidación

Los modelos 202 y 222 no van a ser modificados ni en su estructura ni en sus instrucciones. En los mismos ya está previsto que pueda utilizarse cualquiera de las dos modalidades para el cálculo del pago fraccionado.

De cara al primer pago fraccionado de 2008, tampoco se va a modificar el contenido del modelo 218. No obstante, una vez aprobado el nuevo Real Decreto-Ley, la Agencia Estatal de Administración Tributaria pondrá a disposición de los presentadores instrucciones sobre la forma de rellenar el modelo cuando se opte por uno u otro método de cálculo.

Nota importante para PYMES

Las PYMES que aplican el método de la cuota (artículo 45.2 del texto refundido de la LIS) y que pretendan seguir haciéndolo, no se ven afectadas por el nuevo Real Decreto-Ley excepto por lo que se refiere a la ampliación del plazo de presentación e ingreso del modelo 202.

De acuerdo con el nuevo plazo, podrán presentar el modelo y efectuar el ingreso correspondiente desde el 1 de abril hasta el 5 de mayo (ambos inclusive).

Si desean domiciliar el pago, lo podrán hacer hasta el 28 de abril. Si presentan la autoliquidación modelo 202 con domiciliación del pago antes de la aprobación del nuevo Real Decreto-Ley, el cargo en cuenta se producirá también el 5 de mayo (y no el 21 de abril como estaba inicialmente previsto).

Personas físicas en régimen de estimación DIRECTA (normal o simplificada) que presentan el modelo 130

De igual forma, se verán beneficiados por la aprobación del Real Decreto-Ley con ampliación del plazo de presentación e ingreso. El plazo de presentación e ingreso finalizará el 5 de mayo y el pago se podrá domiciliar hasta el 28 de abril. El cargo en cuenta se producirá, en todo caso, el 5 de mayo, incluso si la presentación del modelo 130 con domiciliación se efectúa antes de la aprobación del nuevo Real Decreto-Ley.

En la medida en que les afecte la nueva normativa contable, estos contribuyentes efectuarán el pago fraccionado sin tener en cuenta los efectos fiscales derivados de los ajustes contables (cuya contrapartida sea una cuenta de reservas) realizados como consecuencia de la entrada en vigor de dicha nueva normativa.

En cualquier caso, no está prevista la modificación del modelo de autoliquidación ni de sus instrucciones.

Personas físicas en régimen de estimación OBJETIVA que presentan el modelo 131.

El plazo de presentación e ingreso del modelo 131 (régimen de estimación objetiva) no se modifica. Por tanto, este modelo se presentará del 1 al 21 de abril.

No residentes con establecimiento permanente

Les es igualmente aplicable el nuevo Real Decreto-Ley y la ampliación del plazo.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: El gobierno incentiva a las empresas para que alarguen la edad de jubilación de sus empleados.

La ley 42/2006 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2007 promulga en su disposición adicional vigesimoquinta que las empresas con empleados con contrato indefinido que tengan 59 años o más que lleven trabajando en la misma compañía durante al menos cuatro años tendrán una reducción en las cuotas de la Seguridad Social de estos trabajadores.

Según los datos del Ministerio de Trabajo, en España existen 124.719 afiliados a la Seguridad Social que se encuentran en ese rango de edad. Con esta medida se pretende potenciar el mantenimiento del empleo para los trabajadores de más edad y evitar las jubilaciones anticipadas y prejubilaciones. Antes de esta normativa existía otra aprobada en el 2002 que hacía referencia a los trabajadores de más de 60 años. Además, ya se aplicaba la medida que establecía un aumento de un 2% o de un 3% al año para aquellas pensiones de los empleados que desearan seguir en su puesto de trabajo más allá de los 65 años.

En España la media de edad de jubilación es de 63 años y la edad de retiro está fijada en los 65 años aunque no es obligatorio que al llegar a esta edad el trabajador se jubile. Desde organismos internacionales y desde la propia Unión Europea, la edad media de jubilación española es criticada aunque no se pronuncian sobre unas normas reguladoras de los sistemas europeos de pensiones.

Las empresas reducirán el gasto de las cotizaciones de los empleados de más de 59 años en un 40%, lo que supondrá 177,25 millones de euros de ahorro. Esta norma se hallaba prevista en la última reforma de pensiones que suscribieron el Gobierno, las patronales CEOE y CEPYME y los sindicatos CCOO y UGT y que se firmó bajo el nombre “Acuerdo sobre el desarrollo de medidas del informe de renovación competitivo con trabajadores con experiencia”.

Por otro lado, según un ranking elaborado por la consultora AON, España se sitúa entre los países que poseen un sistema de pensiones más seguros. Para la elaboración del mapa de pensiones de Europa se han analizado los sistemas de 25 países miembros de la Unión Europea. Se han utilizado cuatro parámetros para la recogida de datos: la estructura demográfica, la cuantía de las pensiones públicas, la viabilidad financiera del sistema y el peso de las pensiones privadas.

España se encuentra entre los primeros puestos ya que sus sistemas de pensiones no atraviesan problemas, a medio plazo tampoco se espera que los tenga, y en caso de que haga falta una reforma, ésta no deberá ser muy profunda.

Con respecto a la armonización de los sistemas de pensiones europeos bajo unas normas comunes, las autoridades comunitarias no se han pronunciado al respecto y se han limitado a aconsejar a los Estados para que pongan en marcha un sistema de “buenas prácticas” que sirva de referencia para aquellos países que realicen reformas.

El director de Aon Consulting, Jorge García Perrote, tras la presentación del informe se manifestó partidario de que los responsables de la UE se impliquen más en buscar soluciones a los problemas que presentan los planes de pensiones y tras admitir que Bruselas no podrá homologar los distintos sistemas consideró, que “podrían incentivar en toda la Unión Europea el retraso de la edad efectiva de jubilación”, algo que España ya tiene en marcha.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Las Marcas y las Pymes

La marca sirve para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de la competencia. Precisamente por esta razón son de gran importancia para las empresas y en particulares para las PYMEs.

La marca desempeñan un papel destacado en las estrategias de desarrollo y comercialización. La imagen inspira confianza lo que fomenta una clientela leal y potencia el valor de la empresa.

Una marca elegida con dedicación y acierto es un valioso activo comercial. Para la mayoría de las PYMEs es incluso el más valioso, por eso proteger el nombre comercial se sitúa como una de las prioridades más importantes.

Registro de la marca

El problema se encuentra en que no todas las empresas son conscientes de lo importante que es proteger la marca a través del registro.

El registro del nombre otorga a la empresa un derecho exclusivo para utilizarlo y para impedir que terceros lo utilicen en su beneficio.

En la legislación española el derecho de propiedad sólo se adquiere a través de su registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). La oficina dispone de la posibilidad de realizar el registro a través de la red, lo que supone una gran ventaja para los emprendedores sin tiempo.

Un proceso rápido y económico

El proceso de registro es muy sencillo. Lo primero es comprobar que el nombre está disponible. Luego tan sólo hay que rellenar los formularios. El coste es bastante accesible: por 150 euros el nombre queda registrado por 10 años.

Las marcas son uno de los activos más importantes para el desarrollo de la actividad empresarial y constituyen uno de los medios más eficaces de canalización y fidelización de clientela. Invertir en ello es un acierto.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Contrato para la formación.

Importante ahorro ecónomico destinado a empresas que contraten personal en la modalidad de Contrato para la formación.

 

 En estas lineas le informamos de los beneficios que puede suponer para su empresa contratar a personal en la modalidad de “Contrato para la formación”.

Este modelo de contrato tiene como finalidad principal la formación teórico-práctica del trabajador, de manera que a la vez que presta sus servicios a la empresa, también adquiere los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para el ejercicio óptimo de esa actividad profesional. Así mismo permite la adaptación inmediata del trabajador a la idiosincracia propia de cada empresa al tratarse de personas jóvenes con escasa experiencia profesional.

Legalmente la formación teórica representa el 15% de la jornada laboral del trabajador, siendo descontado este tiempo dedicado a formación, de su salario salario. Esta enseñanza es completamente gratuita si se imparte por un centro homologado, siempre que el trabajador tenga el título de Graduado en E.S.O., en caso contrario, la formación irá orientada a la obtención de dicho título y tendrá un coste.

Ventajas para el Empresario:

  • Coste muy bajo en Seguros Sociales, tan sólo 42,09 € mensuales.
  • Tendrá mayor margen para poder negociar un salario que interese a ambas partes.
  • Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación.
  • Permite formar a trabajadores en aquellos sectores donde existe problemas importantes a la hora de encontrar profesionales cualificados.
  • La transformación del Contrato de trabajo para la formación en un contrato indefinido goza de especiales bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.
  • En aquellos casos que los trabajadores dispongan del graduado en E.S.O. la formación teórica derivada del contrato para la formación será totalmente GRATUITA, pues su coste es integramente deducible de las cuotas de la Seguridad Social.
  • El contrato para la formación es de carácter temporal puro, lo que permite a la empresa la extinción del mismo a su finalización sin los riesgos que comportan otras contrataciones temporales que tiene que estar causalizadas debidamente.

Ventajas para el Trabajador:

  • Facilita la incoporación al mercado laboral de personas jóvenes y sin cualificación profesional.
  • Le permite la adquisición simultánea de una formación teórica profesional o académica, y práctica.
  • Goza de todas las coberturas básicas en materia de Seguridad Social, con la única excepción de la protección por desempleo.
  • La formación profesional adquirida por el trabajador en el marco de un contrato de trabajo para la formación, le permite acceder a los certificados de Profesionalidad.
  • Cuando el trabajador contratado no está en posesión del título de graduado en E.S.O., la formación se dirige a que el trabajador complete esta formación.
  • Tanto la formación profesional como la dirigida a la obtención del título de graduado en ESO, se imparte a distancia con todas las comodidades que ello conlleva.

Contratos para la Formación celebrados en España:

Por todo lo expuesto, el Contrato para la Formación representa una opción muy interesante tanto para empresas como para trabajadores. Así se confirma en los últimos datos estadísticos referentes al año 2007 publicados por el SPEE (Servicio Público de Empleo Estatal) donde se establece que se celebraron 178.169 Contratos de Formación a nivel nacional.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Conceptualización e importancia de las Pymes.

CONCEPTUALIZACIÓN, IMPORTANCIA Y MARCO LEGAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA.

 

No hay unidad de criterio con respecto a la conceptualización de la Micro y Pequeña Empresa, pues las definiciones que se adoptan varían según sea el tipo de enfoque. Algunos especialistas destacan la importancia del volumen de ventas, el capital social, el número de personas ocupadas, el valor de la producción o el de los activos para definirla.

Otros toman como referencia el criterio económico-tecnológico (Pequeña Empresa precaria de Subsistencia, Pequeña Empresa consolidada y orientada hacia el mercado formando la pequeña unidad productiva con alta tecnología). Por otro lado, también existe el criterio de utilizar la densidad de capital para definir los diferentes tamaños de la Micro y Pequeña Empresa.

La densidad de capital relaciona el valor de los activos fijos con el número de trabajadores del establecimiento. Mucho se recurre a este indicador para calcular la inversión necesaria para crear puestos de trabajo en la Pequeña Empresa. Un estudio realizado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en setenta y cinco países encontró más de cincuenta definiciones distintas sobre Pequeña Empresa. Los criterios utilizados son muy variados, desde considerar la cantidad de trabajadores o el tipo de gestión, el volumen de ventas o los índices de consumo de energía, hasta incluso el nivel tecnológico, por citar los más usuales.

La OIT, en su Informe sobre fomento de las Pequeñas y Medianas Empresas, presentada en la reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, realizada en Ginebra en 1986, define de manera amplia a las Pequeñas y Medianas Empresas pues considera como tales, tanto a empresas modernas, con no más de cincuenta trabajadores, como a empresas familiares en la cual laboran tres o cuatro de sus miembros, así como cooperativas, industrias domésticas, microempresas y hasta inclusive a los trabajadores autónomos del sector no estructurado de la economía.

CEPAL define a la microempresa como unidad productora con menos de diez personas ocupadas incluyendo al propietario, sus familiares y sus trabajadores tanto permanentes como eventuales. El especialista de la pequeña empresa, Fernando Villaran en su trabajo para el Seminario de “Microempresa y Medio Ambiente” realizado en Lima durante el mes de Julio de 1993, señala, refiriéndose a la microindustria, que ésta se caracteriza por su reducido tamaño, tiene de uno a cuatro personas ocupadas y presenta una escasa densidad de capital equivalente a 600 dólares por puesto de trabajo. Utiliza poco equipo de capital y es intensiva en mano de obra. Además presenta bajos niveles de capacitación y productividad. Con ingresos que se mantienen a niveles de subsistencia, inestabilidad económica y la casi nula generación de excedentes.

Con respecto a la Pequeña Empresa Industrial, la describe como empresa que tiene un tamaño de 5 a 19 personas ocupadas y una densidad de capital de aproximadamente 3000 Dólares por puesto de trabajo. Su base tecnológica es moderna y la productividad, es mayor que en la microempresa: Es capaz de generar excedentes, acumular y crecer, teniendo entonces, una mayor estabilidad económica que el sector microempresarial. Como se observa, en diversos criterios para caracterizar a la Micro y Pequeña Empresa. Sin embargo nuestra legislación, cuando de reglamentarla o promocionarla se trata usualmente ha utilizado, los montos anuales vendidos y/o el número de personas ocupadas o el valor de los activos, para establecer sus límites.

PANORAMA E IMPORTANCIA DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA

Las internacionales muestran que en las primeras fases del crecimiento económico las Micros y Pequeñas Empresas cumplen un rol fundamental; pues con su aporte ya sea produciendo y ofertando bienes y servicios, demandando y comprando productos o añadiendo constituyen un eslabón determinante en el encadenamiento de la actividad económica y la generación de empleo. Es así, que en el crecimiento económico de países con alto nivel de desarrollo de Asia, como Japón, Corea del Sur y Taiwán o Europeos, como Alemania, Italia e Inglaterra; estas unidades Empresariales de pequeña escala han desempeñado un papel protagonista. En el caso peruano, la situación de la Micro y Pequeña Empresa, no es muy diferente a la que muestra este sector en otros países de América Latina; con características similares como, concentración de actividades en el Comercio, los servicios y la industria artesanal y; elementos particulares comunes, tales como bajos niveles de inversión, altos índices de captación de empleo, utilización de Tecnología intensiva en mano de obra y el uso de insumos básicamente Nacionales. Enfrenta continuos riesgos por la carencia de capitales al tener un limitado acceso al Mercado Financiero y una insuficiente capacitación Empresarial.

Actualmente la Micro y Pequeña Empresa representa un estrato muy importante en la estructura productiva del País, tanto en número de empresas como en nivel de empleo, habiendo desarrollado en los últimos años una presencia mayoritaria, pasando a constituir en algunas zonas del interior del país, como el único estrato productivo existente en el cual gira la actividad económica. Las estadísticas de población y producción reflejan este comportamiento, al destacar que una alta proporción de la fuerza de trabajo es de tipo independiente y las pequeñas empresas representan la mayor cantidad de establecimientos productivos existentes en el país (según el III CENEC constituyen el 98 % de los establecimientos).

La Contribución de este Sector a la generación de empleo se realiza básicamente mediante la creación de unidades productivas y en menor grado por el volumen de contratación de mano de obra, en cada una de ellas. En todas las regiones del País se puede observar como estas unidades productivas participan dinámicamente en la actividad económica ofertando y demandando bienes y servicios, participando en la cadena productiva y contribuyendo con su presencia a la libre formación de precios en los mercados. La dinámica que ha experimentado su crecimiento así como su participación en la actividad económica, han suscitado inquietud por tomar mayor conocimiento sobre sus características, la cuantificación de su magnitud y la determinación de su impacto en la economía. Nuestra intención es dar a conocer las principales características, de este sector y constituye una herramienta importante de análisis, para la formulación de toda política de crecimiento y un programa de bienestar social con pretensiones de tener efecto positivo en la satisfacción de las necesidades básicas de la población tendrá & 8218; éxito en el país, si no considera el desarrollo de la Micro y Pequeña Empres

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Conciliación de la vida familiar y laboral: ¿el gran reto de la pyme española?.

Las medidas para equilibrar trabajo y vida personal se convierten en un arma estratégica para la empresa.

El coste de la implantación de estas estrategias y las dificultades surgidas al aplicarlas a la pequeña empresa suponen en muchos casos un obstáculo para el directivo de la pyme, que se puede resistir a implantarlas. Los programas ofrecidos por diferentes entidades públicas y privadas y los beneficios obtenidos por la pyme en términos de motivación y productividad pueden ser altos. Entonces, ¿necesita la pyme adoptar estrategias de conciliación? ¿Es sólo aplicable este concepto a las grandes empresas?

Es evidente que el actual mercado de trabajo exige a la empresa cuidar al empleado. La maximización del beneficio empresarial pasa por un trabajador motivado y que se siente valorado y las medidas de conciliación entre la vida profesional y la personal contribuyen a ello.

En España, la estructura empresarial se compone fundamentalmente de pequeñas empresas; por lo que es primordial la aplicación de estas medidas en ellas puesto que son la base de nuestro sistema económico.

Entre las acciones más populares desarrollados en torno a la conciliación se incluyen la flexibilidad de horario, la flexibilidad de espacio, el teletrabajo, el apoyo profesional y asesoramiento, las excedencias, la subvención de servicios relacionados, y la obtención de ventajas sociales (seguros, planes de asistencia sanitaria y de jubilación, entre otros). Pero, ¿qué beneficio aporta esto a la empresa?

Conciliar aporta a la empresa prestigio empresarial y reputación corporativa; le permite ahorrar en costes en procesos, selección y formación, mejora la productividad gracias a la mejora de la motivación y retención del talento; crea un clima de trabajo más positivo y posibilita un mayor logro de los objetivos de la empresa permite aprovecharse de las ventajas de los distintos programas que la administración dirige a las “empresas familiarmente responsables” o “empresas flexibles”.

La dificultad en la aplicación de estas medidas en las pymes es uno de los aparentes obstáculos a la hora de su puesta en marcha por si posesión de menor cantidad de recursos. Por otro lado, la relación más directa existente entre el empleado y el directivo en una pyme y la posibilidad, por la mayor flexibilidad, de personalizar las actuaciones según las necesidades de cada trabajador, son aspectos que benefician el establecimiento de estrategias de conciliación en las pequeñas y medianas empresas.

Con todo, la ayuda a la pyme para poder incorporar estas medidas resulta necesaria, tanto en el ámbito económico como en el de la formación y el asesoramiento. En el marco de políticas más amplias relacionadas con la igualdad, las administraciones locales, autonómicas y nacionales impulsan la conciliación y “premian” a las “empresas que concilian”.

El programa Generando Cambios, de la Conserjería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid ha sido uno de los pioneros en ofrecer asesoramiento, formación y servicios de consultaría gratuitos para las pymes. Con la colaboración de CEIM y la confinanciación del Fondo Social Europeo, cuenta con el trabajo de la consultora Soluciona, el Centro Internacional Trabajo y Familia del IESE y la agrupación Centro de la Asociación Española de Dirección y Desarrollo de Personas (AEDIPE).

El Ayuntamiento de la Capital desarrolla el plan Madrid: Empresas y Conciliación, cofinanciado también por el Fondo Social Europeo, que tiene como objetivos “cambiar los valores de corresponsabilidad desde las empresas”, desarrollar estrategias empresariales de apoyo a la conciliación” y “crear una red de empresas familiarmente responsables”.

Asesoría (fiscal-laboral-contable) :: Activo y Pasivo de una sociedad.

ACTIVO

El activo está constituido por todos los elementos patrimoniales que signifiquen bienes en propiedad de la empresa y derechos que, valorados en dinero, le pertenezcan.

El activo está compuesto por aquellos elementos patrimoniales de la empresa que representan lo bienes y derechos, así como la aplicación de los fondos. Dentro del activo, a su vez, diferenciamos entre:

  1. El activo fijo o inmovilizado, agrupa todos los elementos patrimoniales cuya permanencia dentro de la empresa es mayor que la duración del ejercicio económico. Por tanto, está compuesto por los elementos patrimoniales que tienen un período de utilización superior a un año. Dentro del activo fijo, debemos diferenciar, a su vez:
    1. Inmovilizado inmaterial: son elementos patrimoniales intangibles constituidos por derechos susceptibles de valoración económica. Por ejemplo: aplicaciones informáticas, concesiones administrativas, fondo de comercio, etc.
    2. Inmovilizado material: son elementos patrimoniales tangibles, muebles o inmuebles. Por ejemplo: terrenos, construcciones, maquinaria, mobiliario, etc.
    3. Inmovilizado financiero: son inversiones financieras permanentes, ya sea en empresas, ya sea en valores de renta fija, imposiciones a largo plazo, intereses a largo plazo, etc.
  2. El activo circulante es aquel que tiene mayor movilidad dentro de la empresa, y por tanto, su permanencia dentro de la misma suele ser inferior al ciclo de explotación. Comprende:
    1. Existencias: son géneros o mercancías adquiridos a terceros y destinados a la venta (mercaderías), y también los materiales que son objeto de transformación en empresas industriales (materias primas y auxiliares).
    2. Deudores: son los créditos a corto plazo a favor de la empresa, que pueden derivar de las ventas realizadas a plazo por la empresa a sus clientes, o de otras causas, como deudas por ventas de inmovilizado, préstamos al personal, devoluciones de impuestos, etcétera.
    3. Inversiones financieras temporales: son análogas al inmovilizado financiero, pero a corto plazo.
    4. Tesorería: es dinero que la empresa posee con carácter de disponible.

PASIVO

Parte del balance que refleja las deudas o gravámenes de una determinada persona o entidad.

Por lo tanto, forman parte del pasivo los elementos que significan par la empresa deudas u obligaciones pendientes de pago. El pasivo representa los recursos financieros ajenos a la empresa y también recibe el nombre de fuentes de financiación ajenas.

Dentro del pasivo, se distinguen dos tipos de cuentas:

  1. Pasivo exigible, que está formado por las deudas que tiene la empresa con terceras personas.
  2. Pasivo no exigible o neto, que representa el valor que tiene nuestra empresa, es decir, lo que le corresponde a casa uno de los socios por su aportación a la empresa.

Las cuentas de pasivo son:

  1. Pasivo fijo:
    1. Acreedores a largo plazo: deudas que tiene la empresa en general con vencimientos superior a un año.
    2. Préstamos obtenidos a largo plazo: deudas por obtención de dinero con vencimientos superior al año.
  2. Activo circulante:
    1. Proveedores: deudas de la empresa por la compra de cosas para su venta.
    2. Acreedores a corto plazo: deudas de la empresa por adquisición de servicios y gastos en general.
    3. Préstamos obtenidos a corto plazo: deudas por obtención de dinero con vencimiento inferior al año.
    4. Efectos a pagar a corto plazo: deudas materializadas en letras de cambio.
    5. Entidades públicas: deudas con la Seguridad Social, Hacienda….

Opinión :: Estrategia e Internet.

En Marzo de 2001, Michael Porter, uno de los más importantes autores sobre estrategia empresarial del mundo, publicó en el Harvard Business Review un artículo acerca del papel que juega la estrategia en la era de Internet. Absurdo como puede sonar, el hecho de poner las palabras “estrategia” e “Internet” en la misma frase suena revolucionario. Pero no por tratarse de una idea avanzada, sino porque a un sin número de empresas se les olvidó ese ingrediente – la estrategia – a la hora de lanzarse a la conquista del ciberespacio.

El trabajo de Porter debería ser lectura obligada para cualquiera que pretenda aprovechar Internet para generar algún tipo de valor económico.

De la lectura del artículo de Porter se desprenden varias nociones fundamentales que revalidan la importancia de la estrategia – que no es lo mismo que “plan de negocios”- y que le dan un golpe fatal al concepto de “nueva economía”. Contrario a lo que se creyó con fe ciega hasta hace unos pocos meses, Porter sostiene que Internet no cambia las reglas del juego para industrias existentes o compañías establecidas. Aun más, Internet no anula las fuentes tradicionales de ventaja competitiva sino que las hace más relevantes que nunca. El gurú se extiende a afirmar que en la medida en que más y más compañías empiezan a hacer uso de la tecnología basada en Internet, la red misma se neutraliza como fuente de ventaja competitiva. Y tiene mucha razón: en la medida en que las aplicaciones de Internet se estandarizan, las empresas no podrán sobrevivir en el largo plazo sin ellas, pero tampoco obtendrán mayor ventaja por tenerlas.

Las verdaderas ventajas competitivas se encuentran donde siempre han estado: en el ofrecimiento de productos únicos y diferenciados, contenido propio y valioso, un mejor conocimiento del producto, procesos de fabricación más eficientes, un mejor servicio al cliente y mejores relaciones. Internet puede apoyar todas estas actividades fundamentales, pero está lejos de suplantarlas. La estrategia que saldrá vencedora será aquella que integre Internet a las fuentes de ventaja competitiva tradicionales, al menos en la mayoría de las industrias.

En el caso de los consumidores, la mayoría de ellos valorará más una combinación de servicios online, atención personalizada y una red de distribución física, que una oferta exclusivamente digital. Lo mismo ocurrirá desde el punto de vista de las empresas: una combinación de Internet y métodos tradicionales hará más competitivos los procesos de producción y las actividades de soporte.

Mírese el ejemplo de la industria automotriz: es poco probable que alguien compre un carro a través de Internet, sin tocarlo, ver el brillo de su pintura o sentir el olor de su interior de cuero. Y mucho menos sin tener la oportunidad de negociar con el vendedor por el precio y sentirse un “ganador” al pagar un poco menos de lo que dice el catálogo. Pero para lo que sí utilizan la red los compradores potenciales de automóviles es para comparar modelos y especificaciones, conocer mejor la marca de su preferencia o compartir experiencias con otros compradores. En otras palabras, los cibernautas estarán más informados en su decisión de compra, gracias a Internet.

Más sabe el diablo por viejo…

Según Porter, en este contexto, quienes tienen las de ganar son las empresas establecidas que sepan aprovechar Internet para lo que realmente puede servir. En palabras de Porter, “será más fácil para ellas (las empresas tradicionales) adoptar e integrar los métodos de Internet, que para las puntocom adoptar e integrar los métodos tradicionales”. Por ejemplo, una firma tradicional como Charles Schwab ha obtenido una mayor participación de las transacciones bursátiles en línea que su homólogo virtual E*Trade. Los bancos tradicionales tienen muchos más clientes con cuentas online que los bancos de Internet. Y los ejemplos se extienden a muchas más industrias como el comercio minorista, los servicios de información y los intercambios B2B, entre otros.

Esto, por supuesto, no quiere decir que no haya espacio para empresas puramente basadas en Internet. Pero lo que está más claro que nunca es que las puntocom deben diseñar estrategias únicas en lugar de imitarse unas a otras en una carreta frenética por “llegar primero”. Es hora de que las empresas de Internet empiecen a diferenciarse entre sí y abandonen la destructiva práctica de competir exclusivamente por precio. Esto al fin y al cabo no garantiza la fidelidad de los usuarios, quienes harán click en el banner de la competencia para ahorrarse unos centavos. Las puntocom deben concentrarse en aspectos como la variedad de su oferta, el diseño de su producto online, el servicio al cliente e incluso en el posicionamiento de su marca, para diferenciarse del sitio “de al lado”. Las empresas de Internet también pueden combinar con éxito su presencia online con operaciones físicas – existen varios ejemplos exitosos -, o concentrarse en nichos de mercado donde una oferta online satisface mejor las necesidades de los usuarios que una oferta tradicional (el caso de eBay y las subastas en línea son ejemplos de esto).

¿Cuál nueva economía?

Michael Porter no cree en la nueva economía. Cree más bien en una “vieja” economía – la de siempre – que tiene acceso a una nueva y revolucionaria tecnología. Para el gurú, la línea que separaba la “vieja” economía de empresas tradicionales establecidas de la “nueva” economía de las puntocom, se hace cada vez más tenue. Porter propone “jubilar” estos conceptos (vieja y nueva economía) para eliminar la confusión a la que él le atribuye la destrucción de valor económico ocurrida durante los primeros años de Internet. Agrega lo que vendrá en el futuro de Internet es un paso de e-business a negocios, y de e-strategy a estrategia. Los resultados hablan por sí solos. El obviar una estrategia de largo plazo por considerarla obsoleta o innecesaria solo sirvió a unos pocos que lograron “deshacerse” de sus empresas de Internet a tiempo, cuando la euforia del mercado permitía valoraciones astronómicas e ilógicas. Ya no se trata más de tratar de hacer – o vender – todo a través de Internet, sino más bien de usar Internet para lo que realmente sirve. Y los ganadores serán quienes sepan integrar Internet en una estrategia de largo plazo, que además involucre otro término un poco olvidado por estos días: “rentabilidad”.

Opinión :: Empresas competitivas en Internet.

Hoy en día el mercado ha evolucionado, las nuevas tecnologías se han sumado al mundo de los negocios, el número de internautas no para de crecer y ninguna empresa puede pasar sin una web. El comercio electrónico no es una utopía, es una realidad y la factura electrónica se hace un hueco en las empresas.

Ahora que las cosas han cambiado tanto y que cualquier pequeño empresario puede tener en su mano todas las facilidades que brinda Internet para hacer crecer su negocio, la pregunta es ¿cómo aprovechar esta nueva era tecnológica correctamente?

Los siguientes puntos son indispensables para que una empresa tenga presencia competitiva en el ciberespacio:

  1. Una página web es una parte fundamental de la imagen corporativa de la empresa y constituye un poderoso canal de comunicación con los clientes y el mercado potencial; además, ayuda a proyectar una imagen actual, sólida y poderosa. Una ventaja sobre los competidores.
  2. Una página web ayudará a llegar a nuevos clientes y mercados que desean lo que la empresa ofrece pero que no tienen el tiempo para localizarle de manera personal, lo hacen a través de los buscadores, como es el caso de Google o Yahoo.
  3. Una página web se convierte en la presentación corporativa de la empresa, es un vendedor interactivo que se vale de la creatividad y originalidad para comunicar los beneficios y las ventajas del producto o servicio, accesible para cualquiera las 24 horas del día los 365 días del año.
  4. La página web es capaz de incrementar las ventas si cuenta con un plan de promoción y publicidad en Internet. Hay una forma clara de entenderlo: si se abre una tienda pero no se comunica a los clientes que existe, ¿quién la visitará?, ¿quién deseará comprar lo que vende?
  5. Si la empresa no tiene una página web es como si ahora no contara con líneas telefónicas. Resulta difícil de creer que una empresa hoy afirmara no necesitar de este tipo de comunicación para ser competitiva

Jurídico :: Aplicación del fondo de garantía alimentista.

REAL DECRETO 1618/07 DE 7 DE DICIMEBRE, SOBRE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE GARANTIA DEL PAGO DE ALIMENTOS.

 

Con la creación del Fondo de garantía del pago de alimentos, la administración intenta dar cumplimiento a la obligación contraída por los poderes públicos de asegurar la protección integral de los hijos, recogida en el artículo 39 de la Constitución Española.

Con ese fin el Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Justicia y Economía y Hacienda, aprobó el pasado día 7 de diciembre, la organización y funcionamiento del Fondo de garantía del pago de alimentos, mediante la aprobación del Real Decreto 1618/2007, que permitirá asegurar unos mínimos en el cobro de las pensiones alimenticias de los hijos, acordadas en resolución judicial, cuando éstas no son abonadas por el obligado a dicho pago, dotando al fondo en un principio de un mínimo de 10 millones de euros, para hacer frente a los casos en que, en parejas separadas, divorciadas, procedimientos de filiación o alimentos, uno de los progenitores incumple su obligación de entregar una pensión alimenticia al progenitor que tiene otorgada la guarda y custodia del menor/es, para la manutención de los mismos.

Los beneficiarios de los anticipos del fondo serán, los españoles menores de edad, así como los menores nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea residentes en España, que sean titulares de un derecho de alimentos reconocido judicialmente e impagado.

También lo serán los menores de edad extranjeros no nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, que sean titulares de un derecho de alimentos reconocido judicialmente e impagado, que residan legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años, o ser nacionales de otro estado que, de acuerdo como dispongan los tratados, acuerdos o convenios internacionales o en virtud de reciprocidad tácita o expresa reconozcan anticipos análogos a los españoles en su territorio.

Todos ellos deben formar parte de una unidad familiar cuyos recursos e ingresos económicos imputados anualmente, no superen los límites establecidos en el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), existiendo por tanto, una rigurosa acreditación de la situación económica de la unidad familiar en la que vivan los menores.

Por otra parte, decir, que las cantidades concedidas por el Fondo de garantía del pago de alimentos, tendrán la condición de anticipos, y deberán ser reembolsadas o reintegradas a favor del Estado por el obligado al pago.

La cantidad máxima mensual que se establece en el real decreto es de 100 euros, por cada uno de los menores titulares de un derecho de alimentos, y con un plazo máximo de 18 meses, siendo incompatible la percepción del anticipo regulado en el real decreto con las de otras prestaciones o ayudas de la misma naturaleza y finalidad reconocidas por las distintas administraciones públicas.

El anticipo podrá ser solicitado por parte de quien tenga la guarda y custodia de los menores que tengan reconocido el pago de alimentos, solicitudes que podrán presentarse de la Dirección General y en Delegaciones de Economía y Hacienda, así como en los Registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

Asimismo, el citado Decreto, también regula un procedimiento de urgencia para aquellos que reuniendo las condiciones del real decreto, acrediten una situación de urgente necesidad, es decir, cuando los ingresos de la unidad familiar no superen las cuantías previstas para el reconocimiento ordinario, o cuando la solicitante sea víctima de violencia de género.

El órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del expediente de anticipo la Dirección General de Coste de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda, el cual deberá resolver en un plazo máximo de 3 meses desde la entrada de la solicitud en los correspondientes registros en el procedimiento ordinario y de 2 meses en el procedimiento de urgencia, siendo comunicada la concesión del adelante además del solicitante al obligado al pago de los alimentos.

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