El Procedimiento «Verifica» agiliza la devolución de la Renta 2013

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha un nuevo servicio para que aquellos contribuyentes del IRPF en cuya declaración de renta se hayan detectado incidencias, se puedan subsanar de forma telemática. El sistema se pone en marcha al término de la campaña de la Renta 2013 y será accesible a través de la web de la Agencia mediante el ‘PIN24H’ o certificado electrónico.

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha un nuevo servicio para que aquellos contribuyentes del IRPF en cuya declaración de renta se hayan detectado incidencias, se puedan subsanar de forma telemática.
 

  • El sistema se pone en marcha al término de la campaña de la Renta 2013 y será accesible a través de la web de la Agencia mediante el ‘PIN24H’ o certificado electrónico.
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  • Al revisar el estado de su devolución, los contribuyentes que reúnan los requisitos del sistema podrán anticipar el procedimiento de comprobación y agilizar sus devoluciones.
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  • Contribuyentes que duplicaran un gasto, u olvidaran incluir algún dato menor, ya no tendrán que esperar a que les llegue al domicilio la notificación de la liquidación.
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  • ‘Verifica’ se prestará de manera exclusiva a través de la web y para devoluciones solicitadas que se vean minoradas como consecuencia de las comprobaciones de la Agencia.

 

procedimiento-verifica En esta primera fase de implantación, podrán seguir el procedimiento Verifica contribuyentes que cumplan ciertos requisitos (entre ellos, que su declaración sea individual y que no incluya rendimientos de actividad económica en estimación directa).

Cumpliendo estos criterios objetivos, contribuyentes que, por ejemplo, cuenten con ligeros errores aritméticos en su declaración, que duplicaran un gasto u olvidaran incluir algún dato menor, podrán, gracias al procedimiento Verifica, acelerar la gestión de su devolución sin tener que esperar a que les llegue al domicilio la notificación de la liquidación.

Dentro del sistema tradicional de control, sólo eran conscientes entonces, con la notificación de la liquidación en domicilio, de que se había iniciado un procedimiento de comprobación.

Por primera vez el contribuyente participa de manera activa en el propio procedimiento de control
, que se habrá iniciado cuando acepta recibir la notificación de la correspondiente liquidación. La diferencia estriba en que es el contribuyente quien agiliza todo el proceso de comprobación cuando recoge, mediante este procedimiento online, la propia notificación, pudiendo manifestar conformidad a la propuesta sin formular alegaciones, o formular las alegaciones que estime oportunas.

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