Novedades en las indemnizaciones por despido derivadas del proyecto de la Reforma Fiscal

Con efectos desde el 1 de agosto de 2014, se mantendrán la exención plena en el IRPF las indemnizaciones por despido inferiores a 180.000 euros, que alcanzan al 99,9% de los contribuyentes. En el borrador de la reforma fiscal, la indemnización exenta inicialmente planteada era de 2.000 euros por año trabajado.

El Proyecto de Ley de reforma fiscal, que iniciará su trámite parlamentario en septiembre, establece relevantes novedades en este ámbito.

Indemnizaciones por despido Con efectos desde el 1 de agosto de 2014, se mantendrán la exención plena en el IRPF las indemnizaciones por despido inferiores a 180.000 euros, que alcanzan al 99,9% de los contribuyentes. En el borrador de la reforma fiscal, la indemnización exenta inicialmente planteada era de 2.000 euros por año trabajado.

Las indemnizaciones superiores a 180.000 euros tampoco tributarán en su totalidad, pues sólo tributa el exceso. Por otra parte, al tratarse de rentas obtenidas de forma irregular en el tiempo (más de dos años), el importe de indemnización sujeta se reduce en un 30%. Además, el Proyecto de Ley contempla la posibilidad de aplicar este coeficiente de reducción a las indemnizaciones que se obtengan de manera fraccionada en varios años. El Anteproyecto de Ley no contemplaba esta posibilidad.

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