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HOJAS DE RECLAMACIONES
 




¿ Cuando utilizarlas ?

Si, tras reclamar en un establecimiento o empresa, porque el producto adquirido presenta defectos o no reúne las características que publicita, el servicio contratado no se ha prestado conforme a lo pactado y contratado, etc,. Y si además no se ofrece ninguna solución satisfactoria ...

Utilice las Hojas de Reclamaciones.

¿ QUÉ SON LAS HOJAS DE RECLAMACIONES ?

Son un método eficaz y sencillo de hacer valer nuestros derechos como consumidores.

Tenga en cuenta que las Hojas de Reclamaciones sirven para que la Administración inicie actuaciones dirigidas a solucionar su conflicto pudiendo sancionar a la empresa si existe infracción.

1.- ¿ Dónde se facilitan las Hojas de Reclamaciones ?

En el propio establecimiento o empresa, de manera gratuita, ya que es obligatorio que tengan Hojas de Reclamaciones a disposición de los consumidores que las soliciten, no siendo preciso que tenga que estar presente el jefe o responsable, las puede entregar cualquier empleado.

Además, estos establecimientos deberán exhibir de forma permanente un cartel anunciador de su existencia, situados en lugar visible y con la leyenda: "EXISTEN HOJAS DE RECLAMACIONES"

Si un establecimiento se niega a facilitar las hojas, o no las tiene disponibles, se podrá dirigir la reclamación directamente a la Administración competente, utilizando el medio que considere más adecuado y haciendo constar aquella circunstancia, pudiendo requerir la intervención de la Policía Municipal a fin de que levante acta.

2.- ¿ Cómo son las Hojas de Reclamaciones ?

Consisten en un impreso autocalcable compuesto por:

.- un folio original en color blanco para la Administración.
.- una copia de color rosa para la empresa o profesional.
.- y una segunda copia de color verde para el consumidor.

3.- ¿ Dónde tienen que cumplimentarse ?

Se cumplimentarán en el propio establecimiento, local o dependencia en el que ha surgido el conflicto.

4.- ¿ Qué datos deben contener ? ¿ Cómo rellenarlas ?

1.- Datos identificativos de la empresa o profesional: nombre dirección, teléfono, que , previa su entrega al consumidor, estará cumplimentado.

2.- Objeto de la reclamación: Se expondrá de forma clara y concisa los hechos que han motivado la queja, figurando la fecha en que ocurrieron y concretando la solicitud.

3.- Solución que se pide obtener.

5.- Una vez cumplimentada ¿ Qué se hace ?

Se entregará al titular, empleado del establecimiento, o profesional, para que en el apartado correspondiente efectúe las alegaciones que considere pertinentes ( la respuesta no es obligatoria); debiéndose, en todo caso, devolver al consumidor el juego de Hojas de Reclamaciones firmado y sellado.

6.- ¿ Y después ?

El consumidor entregará el ejemplar de color rosa al establecimiento y conservará el original de color blanco y la copia verde. Posteriormente presentará en el registro del Ayuntamiento, el ejemplar correspondiente a la misma, donde le entregarán una copia sellada de su presentación.

7.- Documentos que se deben acompañar

Junto con las Hojas de Reclamaciones el consumidor acompañará fotocopia de la documentación relacionada con el asunto que se reclama: la factura o justificante de pago, el contrato, los folletos informativos, el documento de garantía y cualquier otro que acredite la adquisición.

8.- Y recuerde:

La utilización de las Hojas de Reclamaciones no excluye la posibilidad de formular la reclamación de cualquier otra forma legalmente prevista ( Sistema Arbitral de Consumo o Vía Judicial).

Siempre que se adquiera un bien o se contrate un servicio, exija su factura y lea detenidamente la documentación al efecto antes de firmar. En caso de duda, pregunte; y si no queda satisfecho con la explicación recibida, NO FIRME; acuda a las Asociaciones de Consumidores y la OMIC de su Ayuntamiento para que le asesoren

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