¿Firmó Vd. la hipoteca de su vivienda antes de Junio de 2019?
¿Le impusieron la obligación de pagar Vd. los gastos del Registro de la Propiedad, la gestoría, la tasación, el 50% de la notaría y los de comisión de apertura?
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha establecido que dicha imposición es abusiva, y que las entidades bancarias están obligadas a su devolución, si Vd. lo solicita.
El departamento Jurídico de Grupo Jenasa, se ofrece a ayudarle en la tramitación de dicha reclamación:
1º.- Formalizando la necesaria reclamación extrajudicial frente al Banco. (150 € más IVA). (la presentación puede corresponder al cliente).
2º.- Formulando reclamación judicial, en caso de no ser atendida la reclamación extrajudicial (honorarios en función de la cuantía a reclamar).
Documentación necesaria: Copia del D.N.I. de todos los prestatarios, copia de la escritura de préstamo hipotecario, de las novaciones y ampliaciones si hubieren existido, último recibo del pago de la cuota hipotecaria, factura de la gestoría, factura del notario, factura del Registro de la Propiedad, factura de la tasación, copia de la escritura de cancelación en el caso de que el préstamo esté cancelado.
Si la firma de la hipoteca es posterior al 10 de Noviembre de 2018, y anterior a Junio de 2019, será objeto de reclamación también el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.