Canal de denuncias obligatorio para las empresas

Una nueva obligación para la PYME con el fin de garantizar la prevención de delitos internos y la protección a los denunciantes, que establece la necesidad de crear un canal de denuncias mediante un protocolo y un delegado de Protección de Datos para todas las empresas con 50 o más trabajadores.

Con la entrada en vigor de la ley 2/2023 de 20 de febrero todas las empresas con 50 o más trabajadores deben cumplir con la obligación de implementar un canal de denuncias, derivado de la necesidad de adaptarse a la Directiva de la Unión Europea  2019/1937 cuya finalidad es  poner  los medios en la empresa  para que garanticen la prevención de delitos internos, así como la protección a los denunciantes.

REQUISITOS DEL CANAL DE DENUNCIAS

  1. Contar con los medios necesarios para asegurar la autenticidad, identidad y confidencialidad del denunciante, del denunciado y los testigos, a través de medidas de seguridad necesarias.
  2. Las denuncias podrán ser verbales o escritas, a las cuales solo podrá acceder el personal autorizado.
  3. Se designará a un responsable independiente e imparcial para realizar el seguimiento e investigación de las denuncias, el cual emitirá un acuse de recibo de la denuncia en un plazo no superior a 7 días desde la recepción.

CALENDARIO DE FECHAS PARA LA ADAPTACION

Las empresas de 50 a 249 trabajadores tendrán de plazo hasta el 1 de diciembre de 2023.

PASOS PARA LA PUESTA EN MARCHA

El procedimiento para su puesta en marcha sería el siguiente:

  1. Lo primero hay que elegir el tipo de gestión del canal de denuncias, interno o externo.
  2. En segundo lugar se decide qué vía/s de comunicación se van a emplear, siendo siempre lo más recomendable un canal de denuncias digital.
  3. Elaborar el reglamento del canal y el protocolo de recepción, gestión, tramitación e investigación de las denuncias, así como nombrar al responsable del canal.
  4. Hay que llevar un registro de todas las denuncias recibidas, las denuncias resueltas y las que hayan sido archivadas.
  5. Hay que nombrar un delegado de Protección de Datos.
  6. Y por último y una vez que hayamos realizado todos los pasos anteriores hay que comunicar a los trabajadores la existencia del canal y su funcionamiento.


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