Abogados y procuradores autorizados a presentar demandas, apelaciones y escritos en el estado de alarma

El Ministerio de Justicia anunció ayer, 12 de abril 2020, el levantamiento de la prohibición de presentar escritos de demanda, así como recursos de apelación y casación y resto de escritos -sin perjuicio, por supuesto del mantenimiento de la suspensión e interrupción de los plazos procesales- durante el estado de alarma.

 

El Ministerio de Justicia, junto con el Consejo General del Poder Judicial y resto de operadores jurídicos, ha establecido que, una vez presentados por Lexnet los escritos de demanda, podrán ser repartidos en los Decanatos correspondientes y llegarán al Juzgado al que por turno se adjudicarán, los cuales podrían iniciar su trámite. Del mismo modo, en cuanto a los recursos de apelación y casación podría iniciarse su tramitación en la oficina judicial.

 

Asimismo, dicta que los Juzgados puedan notificar vía Lexnet, con el objeto, como la propuesta anterior, de evitar la acumulación de notificaciones que se dilatarían en el tiempo, al final del estado de alarma.

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