Tráfico no comunica las multas por correo a las empresas

comunicaciones DGT a las empresas

Tráfico ya no comunica más multas por correo a las empresas desde el pasado 1 de junio. Es una decisión que ha tomado la DGT y que implica que cualquier persona jurídica deberá darse de alta en la Dirección Electrónica Vial, en la que la DGT le comunicará las sanciones.

Desde el 1 de noviembre de 2022, todas las personas jurídicas de España, reciben las multas de Tráfico en la Dirección Electrónica Vial o DEV, un buzón de la DGT que mandará aviso o un SMS de que el titular del mismo ha recibido una sanción a una dirección de correo electrónico o a un teléfono móvil proporcionado durante el registro por la empresa.

¿Cómo deberán acceder las empresas a la Dirección Electrónica Vial?

La DGT  ya anunció mediante una Carta Informativa que puedes leer a continuación, cualquier empresa deberá registrarse en la Dirección Electrónica Vial. Tal y como indica el comunicado de la DGT“Si la persona jurídica no llevó a cabo el proceso de alta en la DEV antes del 1 de noviembre de 2022, la DGT procederá a asignar de oficio una dirección electrónica vial, realizándose a partir de ese momento las notificaciones de forma electrónica. A estos efectos, La DGT ha iniciado un proceso de información a todas las personas jurídicas que constan como titulares en el Registro de Vehículos”.

Carta de la DGT

Por eso, desde el pasado 1 de noviembre, cualquier persona jurídica dejará de recibir cartas de la DGT, ya sean para comunicar notificaciones o multas. Cuando reciba alguna, la empresa recibirá un correo electrónico o un SMS alertando de que tiene una disponible en la DEV

Para entrar en la DEV, la persona jurídica o empresa deberá acceder introduciendo el Certificado Digital o su DNI electrónico. Entonces, ya podrá acceder a los avisos, notificaciones y multas, con los mismos efectos jurídicos que el aviso mediante carta certificada.

Hay que recordar que, una vez recibido el aviso de una notificación en la DEV, la empresa contará con 10 días naturales para acceder a esa notificación, que se considerará a partir de entonces leída.

La DGT no comunica nunca multas ni avisos vía correo electrónico. Si te llega un e-mail al respecto, se trata de un fraude

Tal y como aclara la DGT en su web, en el momento que descargas una notificación de la DEV, “ya queda registrada la lectura de la notificación, siendo equivalente a la firma de la entrega de una notificación postal al cartero. Y si no procedieras a la lectura en ese plazo, la notificación pasaría al estado de “rechazada”, continuando con el procedimiento”.

“Si accedes al buzón y hubiera una notificación pendiente, también puedes rechazarla explícitamente, quedando en el mismo estado de “rechazada” anterior. […] Recuerda que una vez que la has leído, tienes 20 días naturales para realizar las actuaciones que considere oportunas, como abonar la multa, si se trata de un procedimiento sancionador, presentar alegaciones, etc.”

La DGT considera la notificación como leída o rechazada, iniciará los plazos de reclamación y cobro, por lo qué, si no haces nada, puedes llegar a encontrarte, en última instancia, con el embargo de tus ingresos para abonar la correspondiente multa. 

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