Reforma Fiscal: Variaciones en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades /07

El gobierno modificará a partir del año próximo todo el panorama fiscal, la reforma en el ámbito del IRPF entrará en vigor en el ejercicio 2007 y con respecto al Impuesto sobre Sociedades ésta se aplicará desde el 2007 al año 2011.

Variaciones en el IRPF / 2007

El gobierno modificará a partir del año próximo todo el panorama fiscal, la reforma en el ámbito del IRPF entrará en vigor en el ejercicio 2007 y con respecto al Impuesto sobre Sociedades ésta se aplicará desde el 2007 al año 2011.

Según el Ministerio de Economía y Hacienda los objetivos perseguidos son:

  • Aumentar la equidad.
  • Simplificar los impuestos.
  • No incrementar la presión fiscal a lo largo del ciclo económico.
  • Asegurar la suficiencia financiera de todas las AA.PP.
  • Impulsar el crecimiento económico y estimular la productividad.
  • Mejorar el tratamiento del ahorro de las rentas medias y bajas.
  • Favorecer la actividad empresarial y la creación de empresas.
  • Introducir mayor eficacia en la utilización de los recursos medioambientales.

La nueva Ley del IRPF prevé una rebaja en la presión fiscal del 6 % y para el 60 % de los contribuyentes el ahorro será del 17 %, siendo los más beneficiados los contribuyentes con rentas de trabajo medias y bajas, no pagarán impuestos los asalariados cuyos ingresos son inferiores a 9.000 euros.

Las principales novedades que aplicaremos en el cálculo del IRPF del ejercicio 2007 son las siguientes:

Equidad en el tratamiento de las circunstancias personales y familiares

  • Aumentan las cuantías de los mínimos personales y familiares.
  • El mínimo vital tributa a cero.
IRPF / 06 IRPF / 07
Minimo personal 3.400 5.050
Descendientes 1º – 1.400
2º – 1.500
3º – 2.200
4º – 2.300
1º – 1.800
2º – 2.000
3º – 2.700
4º – 2.800
Meneros de 3 años 1.200 1.400
Edad > 65 800 900
Edad > 75 1.000 1.100
Discapacidad > 33 % 2.000 2.270
Discapacidad > 65 % 5.000 6.900

 

Se reducen el número de tramos: simplificación.

  • Los tramos de IRPF pasan de cinco que son los actuales a cuatro. Se reduce el tipo máximo por el que pagan las rentas más altas del 45 % actual al 43 %.
  • Se prevé que el 60% de los contribuyentes sólo aplicará un tipo único del 24% al exceso de su renta sobre el mínimo vital, siendo este el mínimo personal más familiar.
Tramos en euros Tipo aplicable IRPF / 06 Tipo aplicable IRPF / 07
0 – 4.162 15 %
0 – mínimo vital 0 %
4.162 – 14.357,52 24 %
mínimo vital- 17.360 24 %
14.357,52 – 26.842,32 28 %
17.360 – 32.360 28 %
26.842,32 – 46.818 37 %
32.360 – 52.360 37 %
Más de 46.818 45 %
Más de 52.360 43 %

 

Mejora el tratamiento de las rentas de trabajo.

  • Se incrementa entre un 8 y un 14 % la reducción para las rentas de trabajo, que también se extenderá a algunos trabajadores autónomos, cuando trabajan para una sola empresa y por lo tanto su situación laboral se puede asimilar a los trabajadores asalariados.
    Para trabajadores con rentas inferiores a 9.000 euros la reducción por trabajo pasa a ser de 3.500 euros que se aplican actualmente a 4.000 euros y para aquellos trabajadores de rentas superiores a 13.000 euros la reducción se incrementa de 2.400 a 2.600 euros.

Tipo único para el ahorro.

  • En el IRPF/06
    • Tienen diferentes tipos de tributación en función de los productos y de los plazos :
      • Con más de un año 15 %
      • Con menos de un año  ( del 15% al 45%) tipo medio
  • En el IRPF/07
    • Todos los productos de ahorro (intereses, dividendos, seguros, plusvalías …..) tendrán un tipo único por el cual tributar del 18 %.
    • Por lo tanto desaparece la diferencia entre el ahorro a corto plazo y a largo plazo.
    • Se elimina la deducción por doble imposición internacional y como compensación se introduce una exención para el cobro de dividendos hasta 1.000 euros.

Planes de pensiones

  • Límite único de deducción por aportaciones a fondos y planes de pensiones, manteniendo un máximo anual de 8.000 euros, elevándose a 10.000 euros para los mayores de 50 años y para los discapacitados será de 24.250 euros.
  • La aportación no podrá superar el 30 % de las rentas activas (trabajo y actividades económicas) y para mayores de 52 años se eleva hasta el 50 %.
  • Los jubilados con rentas activas (por ejemplo, alguien retirado que escribe libros y cobra por ello) podrá seguir aportando cantidades al plan de pensiones hasta que empiece a cobrar la prestación.
  • El cobro de la prestación en una sola vez, capitalizarlo, no contará con la importante reducción del 40 % que existe hoy, ya que se va a incentivar fiscalmente el cobro de la prestación en forma de renta.

Transitoriamente, se mantendrá el beneficio fiscal en los casos de rescate como capital durante 4 años para facilitar al sector financiero la adaptación al nuevo sistema, se respetan, en todo caso, los derechos adquiridos.

Deducción por adquisición de vivienda habitual

Se establece un porcentaje de deducción único del 15 %. Desaparecen los porcentajes incrementados el 25 % (durante los dos primeros años) y el 20 % (el resto de años) que ahora se aplica a los primeros 4.507 euros.
Existirá un régimen transitorio para las adquisiciones de vivienda habitual previas al 20 de enero de 2006.

  • La base máxima de deducción anual se mantiene en 9.015 euros.

Sociedades patrimoniales

La reforma fiscal contempla, la desaparición de las llamadas sociedades patrimoniales, una figura que se introdujo para sustituir a las sociedades de transparencia fiscal y que también permitían la gestión de patrimonios. Su desaparición no solamente supone en sí in cambio drástico para sus usuarios, sino que, además, recorta posibilidades de actuación para los patrimonios inmobiliarios al eliminarse una de las últimas opciones que quedaba para obtener

Variaciones en el impuesto sobre sociedades/07

Reducción de los tipos de gravamen

Se disminuirá gradualmente el tipo de gravamen, un punto por año entre el 2007 y 2001:

  • Tipo general: reducción gradual del 35 % al 30 %.
  • Tipo PYMEs : reducción gradual del 30 % al 25 %.

Simplificación

  • Se eliminan gradualmente todas las deducciones, salvo las de doble imposición, a un ritmo de 20 % por año.
  • Se eliminan gradualmente todas las bonificaciones, 1/5 anual entre 2007 y 2011, expecto las territoriales (Canarias, Ceuta y Melilla ) y los servicios locales.
  • La reforma fiscal contempla, la desaparición de las llamadas sociedades patrimoniales, una figura que se introdujo para sustituir a las sociedades de transparencia fiscal y que también permitían la gestión de patrimonios. Su desaparición no solamente supone en sí in cambio drástico para sus usuarios, sino que, además, recorta posibilidades de actuación para los patrimonios inmobiliarios al eliminarse una de las últimas opciones que quedaba para obtener beneficios fiscales.
  • Se mantienen los derechos adquiridos.

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