Ayudas de la Comunidad de Madrid para proyectos de industria 4.0

BOCM-20170112-4

Estas ayudas están dirigidas a pymes del sector industrial que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid y realicen inversiones en tecnologías digitales.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del pasado 12 de enero publicó el Acuerdo de 30 de diciembre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para el apoyo a la puesta en marcha por las pymes industriales madrileñas de proyectos industria 4.0.

Podrán acogerse a estas ayudas las pymes del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y que desarrollen una actividad industrial productiva, esto es, aquella que esté encuadrada en la Sección C-Divisiones 10-32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

Las ayudas están dirigidas a financiar, entre otras, las actuaciones de implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a open/linked/big data y a data analytics; de soluciones innovadoras de comunicaciones y de tratamiento de datos; de soluciones innovadoras en los procesos de fabricación utilizando tecnologías como la realidad aumentada, la robótica colaborativa, la fabricación aditiva, sensores y sistemas embebidos y el control de procesos, inversiones en Ciberseguridad y confianza digital, así como en redes sociales.

Se incluyen entre los gastos subvencionables los realizados en instalaciones, maquinaria y equipos; en patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad así como de consultoría.

La cuantía de las ayudas podrá alcanzar hasta el 20% para las inversiones materiales e inmateriales (30% si la pyme se encuentra ubicada en el Corredor del Henares o en el Sur Metropolitano). Para los gastos de consultoría el importe de la ayuda será del 50%.

En cualquier caso, el límite de la ayuda será de 300.000 euros para las pequeñas empresas, de 200.000 euros para las medias y de 20.000 euros para los gastos de consultoría.

La solicitud de estas ayudas deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados en el portal “Gestiones y Trámites” de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org). El plazo de solicitud permanecerá abierto mientras exista crédito presupuestario disponible.

 

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