
A continuación se indican las principales novedades que ha introducido el Real Decreto-Ley 9/2015, de 10 de julio, en materia de retenciones a cuenta del IRPF (no se incluyen en esta información los cambios introducidos en las retenciones sobre rendimientos del trabajo por cuenta ajena).
La fecha de entrada en vigor de las siguientes modificaciones será el 12 de julio de 2015.
| Rendimientos actividades económicas | 15% |
- El porcentaje de retención para los perceptores de rendimientos de actividades económicas será del 7% el año de inicio de la actividad y los dos siguientes.
| Rendimientos propiedad intelectual, cursos, … | 15% |
| Rendimientos capital mobiliario | 19,5% |
| Rendimientos arrendamiento inmuebles urbanos | 19,5% |
Todos estos porcentajes de retención se reducirán a la mitad cuando los rendimientos se entiendan obtenidos en Ceuta y Melilla.
Por último, las modificaciones relativas al tipo de gravamen del Impuesto sobre la Renta de No Residentes son las siguientes:
| No Residentes | ||
| UniónEuropea | 2015 | 19,5% |
| > 2016 | 19% | |
Por el contrario, la tributación de las rentas obtenidas por residentes de países no comunitarios no sufre modificación, quedando como sigue:
| Resto | 2015 | 24% |
| > 2016 | 24% |



