Sobre los 5 días de permiso por hospitalización o reposo de familiares: nueva doctrina del Tribunal Supremo

Tenemos varias sentencias novedosas sobre permisos vinculados a la conciliación de la vida laboral y familiar, con especial impacto en el permiso por hospitalización de familiares. A este respecto, el Tribunal Supremo ha dictado en los primeros meses de 2026 cinco sentencias que unifican y clarifican el régimen del permiso retribuido por hospitalización o reposo domiciliario del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 5/2023.

Esta doctrina pone fin a la disparidad de criterios que existía en los Tribunales Superiores de Justicia y resulta de aplicación inmediata a todas las empresas. A continuación, les resumimos los aspectos esenciales.

1. Características básicas del permiso

• Duración: 5 días naturales — NO, son 5 días laborables (doctrina consolidada desde la STS 1084/2025, de 13 de noviembre de 2025).

• Causa habilitante: hospitalización del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o bien prescripción de reposo domiciliario sin alta médica.

2. Las cinco sentencias clave

Sentencia Fecha Doctrina principal

STS 126/2026 4 feb 2026 El trabajador elige cuándo iniciar el permiso. No puede imponerse el primer día laborable. Cabe fraccionarlo.

STS 140/2026 5 feb 2026 El alta hospitalaria no extingue el permiso. Continúa mientras persista reposo domiciliario prescrito sin alta médica.

STS 172/2026 18 feb 2026 5 días laborables para todos, con o sin desplazamiento. La unificación no es MSCT y no exige periodo de consultas.

STS 373/2026 15 abr 2026 Prohibición de requisitos adicionales (p.ej. acreditar cuidador principal). La empresa solo puede pedir justificación del hecho causante.

STS 443/2026 22 abr 2026 Reitera STS 140/2026: el permiso subsiste con reposo domiciliario prescrito, aunque se haya producido el alta hospitalaria.

3. Consecuencias prácticas para la empresa

De la doctrina expuesta se derivan las siguientes obligaciones y restricciones en la gestión del permiso:

• El alta hospitalaria no extingue automáticamente el permiso.

• Mientras el facultativo prescriba reposo domiciliario y no haya alta médica, el trabajador mantiene el derecho al permiso, aunque haya abandonado el hospital.

• La empresa no puede añadir requisitos no previstos en la ley.

• Exigir, con carácter general, que el trabajador acredite ser cuidador principal o presentar determinada documentación adicional es contrario a la normativa. Sí puede solicitarse justificación

del hecho causante (parentesco, convivencia si no consta previamente), pero sin que ello suponga un filtro adicional de acceso al permiso.

• El trabajador decide el momento de inicio.

• No puede imponerse que el permiso comience necesariamente el primer día laborable siguiente al hecho causante. El empleado puede planificar su disfrute —e incluso fraccionarlo— en función de las necesidades reales de cuidado, siempre dentro del período en que se mantenga la causa habilitante.

• El permiso es de 5 días laborables para todos los trabajadores,

• con independencia de que exista o no desplazamiento. La unificación no constituye modificación sustancial de condiciones de trabajo y, por tanto, no requiere período de consultas previo.

Comparte:

Ir al contenido