Cuenta ahorro vivienda y adquisición de vivienda habitual

La cuenta ahorro vivienda es un importante ahorro fiscal.

La cuenta ahorro vivienda es un importante ahorro fiscal, se puede deducir anualmente el 15 por 100 de las cantidades , siempre que se depositen en Entidades de Crédito, en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, y siempre que los saldos de las mismas se destinen exclusivamente a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del contribuyente.

Las cantidades depositadas en dichas cuentas habrán de destinarse en el plazo máximo de cuatro años desde la apertura de la cuenta, a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. No obstante, este plazo será de cinco años para quienes hubieran abierto la cuenta vivienda con anterioridad al 1 de enero de 1999.

El importe máximo de deducción, sobre los que se aplica el porcentaje del 15 por ciento, es de 9.015,18 euros.

Una vez que hemos adquirido la vivienda habitual, seguimos teniendo ventajas fiscales siendo:

a) El importe de las cantidades entregadas en la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual se aplica un 15 % de deducción, sobre un importe máximo de 9.015,18 euros. En esta cantidad se incluye todo lo pagado, notaría, registro, gastos, etc.
b) Cuando se financia con capital ajeno (préstamo hipotecario) los porcentajes de deducción son mayores,
2 primeros años: 25 % hasta 4.507,59 euros
15 % hasta 4.507,59 euros
Resto: 20 % hasta 4.507,59 euros
15 % hasta 4.507,59 euros

Para aplicar estos porcentajes se debe cumplir que:

1) Se financie al menos el 50 % del valor de adquisición.
2) Durante los tres primeros años no se amortice más del 40 %.
3) Sólo se aplicará para la adquisición y rehabilitación de vivienda habitual.
4) No se aplicará en la construcción o ampliación.

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