Novedades para los trabajadores autónomos

Novedades trabajadores autónomos
La Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de lo Diputados aprobó el 29 de junio de 2017, el texto de la normativa que regula el trabajo autónomo. El proyecto pasa ahora al Senado para completar su tramitación parlamentaria antes de su entrada en vigor. Se espera que pueda entrar en vigor antes de que finalice el presente mes de julio, por lo que consideramos desde Grupo Jenasa, que aquellos emprendedores que decidan montar un negocio en  fechas próximas, deben tomar notas estas novedades, aunque también se incluyen medidas para los actuales autónomos.

La Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de lo Diputados aprobó el 29 de junio de 2017, el texto de la normativa que regula el trabajo autónomo. El proyecto pasa ahora al Senado para completar su tramitación parlamentaria antes de su entrada en vigor. Se espera que pueda entrar en vigor antes de que finalice el presente mes de julio, por lo que consideramos desde Grupo Jenasa, que aquellos emprendedores que decidan montar un negocio en  fechas próximas, deben tomar notas estas novedades, aunque también se incluyen medidas para los actuales autónomos.

Las Medidas aprobadas son las siguientes:

Medidas de fomento emprendimiento y reemprendimiento

  • Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año, sino que se podrá reemprender con tarifa plana tras dos años de haber interrumpido la actividad si no te habías beneficiado antes de ella, 3 si ya lo había hecho. Antes había que esperar 5 años. Se mantienen las bonificaciones de la cuota que conllevaba la tarifa plana ya en marcha para los doce meses posteriores a los doce en los que se establece la tarifa plana.

Eliminación de trabas administrativas

  • Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a los ingresos.
  • Se permite en tres altas y tres bajas al año que los autónomos sólo paguen por los días que han trabajado, en el mes de alta o de baja.
  • Se reducen, y no sólo para los autónomos, los recargos de la Seguridad Social a la mitad del 20% actual al 10% en el primer mes, en caso de pago de la cuota con retraso.
  • Se devolverá de oficio el exceso de cotización de las personas en pluriactividad sin que sea la persona la que deba solicitar su devolución.
  • Se desvincula la subida de las cuotas a las subidas del SMI, societarios y personas físicas. Se determinará a partir de ahora en los PGE de cada ejercicio, tras dialogo con las organizaciones de autónomos más representativas.

Mejora de la protección social

  • Compatibilización pensión al 100% y trabajo por cuenta propia. Condicionado a tener un empleado al menos.
  • Tarifa plana para las mujeres que se reincorporen tras la maternidad y exención del 100% de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes, para garantizar una mejor conciliación laboral y familiar.
  • Se mejoran sustancialmente las condiciones de las personas con discapacidad para emprender y también de los hijos con discapacidad de los autónomos, que podrán contratarlos.  
  • Se reconoce el accidente in-itinere en los autónomos.
  • Los autónomos tendrán por fin derecho a la formación adaptada a sus necesidades reales para mejorar su consolidación empresarial y su competitividad. Se mejoran los programas de formación e información de PRL para ellos mediante una mayor participación de las organizaciones de autónomos en los mismos.

Fiscalidad y seguridad jurídica

  • Se establece un 30% de deducción de los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía cuando el autónomo trabaja desde su casa y se establecen deducciones para la manutención afecta a la actividad de hasta 26,67 euros diarios siempre y cuando puedan comprobarse fehacientemente por medios telemáticos (48,08 euros diarios si son fuera de las fronteras españolas).

Organizaciones de Autónomos

  • Las organizaciones de trabajadores autónomos mayor implantación serán consideradas de “utilidad pública” y se fija un plazo de un año su entrada en el CES así como para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo. 

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