Liquidación de IVA: Modelo 303 con los cambios en los Tipos Impositivos

Agencia Tributaria Modelo 303 IVA septiembre
Como es conocido por quien trimestralmente nos encontramos con obligación de presentar los modelos tributarios, estamos en las fechas de realizar y presentar las liquidaciones correspondientes al tercer trimestre del año. Pero este trimestre presenta una peculiaridad, “la subida del IVA en el mes de septiembre”. Por éste motivo la AEAT ha publicado unas "instrucciones especiales" para cumplimentar el modelo 303.

Como es conocido por quien trimestralmente nos encontramos con obligación de presentar los modelos tributarios, estamos en las fechas de realizar y presentar las liquidaciones correspondientes al tercer trimestre del año 2012.

Agencia Tributaria Modelo 303 IVA septiembrePero este trimestre presenta una peculiaridad, “la subida del IVA en el mes de septiembre”.

Por éste motivo la Agencia Tributaria ha publicado unas «instrucciones especiales» para cumplimentar el modelo 303 del Impuesto, a los efectos de realizar las liquidaciones correspondientes al trimestre referido. Básicamente, las particularidades que pueden presentar estas liquidaciones son:

Contribuyente con bases imponibles iguales en los tres meses

Base Imponible Tipo Cuota Tipo Medio Gravamen
Julio 20.000 18% 3.600 11.400 / 60.00 =

0,19 * 100 = 19%

Agosto 20.000 18% 3.600
Septiembre 20.000 21% 4.200
Total 60.000 19% 11.400
Casilla 01 Casilla 02 Casilla 03

Recargo de Equivalencia

En el caso de autoliquidaciones de IVA, modelo 303, que deban incluir operaciones donde sea aplicable el Recargo de Equivalencia se cumplimentarán siguiendo los criterios indicados en los párrafos anteriores. Simplemente recordar los tipos aplicables.

Contribuyente con bases imponibles iguales en los tres meses

Base Imponible Tipo Cuota Tipo Medio Gravamen
Impuesto sobre el Valor Añadido
Julio 10.000 18% 1.800 2.400 / 10.000 =

0,24 * 100 = 24%

Agosto 10.000 18% 1.800
Septiembre 20.000 21% 4.200
Modificación

Base por

Incobrables

– 30.000 18% -5.400
Total 10.000 24% 2.400
  Casilla 01 Casilla 02 Casilla 03  
Recargo de Equivalencia
Julio 10.000 4% 400 640 / 10.000 =

0,064*100 = 6,4%

Agosto 10.000 4% 400
Septiembre 20.000 5,2% 1.040
Modificación

Base por

Incobrables

– 30.000 4% -1.200
Total 10.000 6,4% 640  
  Casilla 10 Casilla 11 Casilla 12  

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