¿Cómo solicitar el bono social para autónomos?

El Gobierno ha extendido el derecho a acogerse al bono social de electricidad a los trabajadores afectados por despidos y a los autónomos que hayan cesado su actividad o reducida su facturación por la crisis del coronavirus.

 

En concreto, el Real Decreto-ley de medidas complementarias para combatir el Covid-19, amplía el colectivo de potenciales perceptores del bono social de electricidad al que podrán acogerse, «de manera excepcional y temporal», a todas aquellas personas físicas con derecho a contratar el PVPC (la tarifa regulada), que tengan una renta igual o inferior a determinados umbrales referenciados al IPREM, y que acrediten «encontrarse afectados por medidas de regulación de empleo adoptadas por sus empresas, haber cesado en su actividad profesional como profesionales autónomos o haber visto su facturación reducida en un 75% en promedio respecto al semestre anterior».

 

Adjuntamos BOE que recoge los requisitos que tienen que tener los autónomos para pedir el bono social de la luz y también incluye el formulario para la solicitud.

 

Puedes descargar pinchando en la imagen.

BOE BONO SOCIAL

Por un máximo de seis meses

De este modo, los beneficiarios del bono social eléctrico tendrán derecho a un descuento de forma directa de un 25% en el recibo de la luz mientras no reanuden su actividad laboral y solo por un periodo máximo de seis meses.

Ese descuento se aplicará sobre la factura de suministro eléctrico de la vivienda habitual. Si el nombre del contrato es de otra persona y no del autónomo, se tendrá que solicitar un cambio en la titularidad para que en el contrato figure el profesional que ha cesado su actividad o ha visto disminuida su facturación.

 

Suspensión temporal contratos de suministro

Por otro lado, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico también ha aprobado que los autónomos y empresas puedan suspender temporalmente sus contratos de suministro o modificar sus modalidades de contratos sin penalización.

En ese sentido se les permitirá cambiar el peaje de acceso y el ajuste de la potencia contratada al alza o a la baja, sin coste alguno. Y una vez finalice el estado de alarma, se les volverá a permitir una nueva modificación sin coste ni penalización. No obstante, dichos cambios y modificaciones deberán realizarse en un plazo máximo de cinco días naturales desde que sean solicitados y no tendrán coste para el usuario.

Si los autónomos son titulares de puntos de suministro de gas natural, podrán solicitar la modificación del caudal diario contratado, la inclusión en un escalón de peaje correspondiente a un consumo anual inferior o la suspensión temporal del contrato de suministro sin coste adicional. Las eléctricas tampoco tendrán que afrontar los costos de los peajes.

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