Moratoria y Aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social

Importante destacar  que solo algunas actividades económicas pueden solicitar la moratoria o aplazamiento en el pago de las cotizaciones a la Seguridad social, y deberán no haber sido suspendidas por el estado de alarma ni estén en un ERTE.

 

Entre los ejemplos de empresas que podrán pedirla están:

 

Comercios que permanecen abiertos y en concreto en aquellos de alimentación, bebidas, panadería y tabaco, así como otras tiendas no especializadas.

Dentistas y a los que solo se les permite atender situaciones de urgencia

Fontanería, instalaciones de calefacción y aire acondicionado, carpintería y fabricación de carpintería

Peluquerías, que solo pueden trabajar a domicilio.

 

Adjuntamos BOE de fecha 28 de abril 2020, donde se indican las actividad que pueden solicitar dicha moratoria.

ORDEN MINISTERIAL MORATORIAS

 

 

Actividades que pueden pedir la moratoria del pago de cuotas de la Seguridad Social

 

Código CNAE  Actividad

119      Otros cultivos no perennes

129      Otros cultivos perennes

1812    Otras actividades de impresión y artes gráficas

2512    Fabricación de carpintería metálica

4322    Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado

4332    Instalación de carpintería

4711    Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco

4719    Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados

4724    Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados

7311    Agencias de publicidad

8623    Actividades odontológicas

9602    Peluquería y otros tratamientos de belleza

 

 

Plazos para pedirla

 

Los autónomos podrán pedir esta moratoria para las cuotas devengadas entre mayo y julio.

Las empresas, en cambio, para las cuotas de sus trabajadores de entre abril y junio, un mes antes. Será de seis meses sin intereses. Se deberá solicitar dentro de los primeros diez días naturales del plazo reglamentario de ingreso

 

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