El Consejo de Gobierno ha aprobado destinar un total de 8,4 millones de euros para financiar este programa de ayudas a desempleados cubriendo siempre el 80% del gasto que realice. Además, en relación a las cuantías de la ayuda, se ha fijado una mínima de 1.000 euros y una máxima de 2.500 euros, en función del gasto realizado.
Entre estos gastos se encuentran los honorarios de notarios, letrados, asesores y demás profesionales requeridos para iniciar la actividad empresarial; el traspaso del negocio; el alquiler del local; el desarrollo de página y otras aplicaciones de comercio electrónico, necesarias para ejercer la actividad; los gastos de publicidad y comunicación o el alta de los suministros de gas, electricidad e internet.
Estas ayudas son compatibles con la ampliación de la Tarifa Plana para Autónomos que recientemente se ha puesto en marcha y que permite la extensión hasta los 18 meses de la tarifa plana de 50 euros en la cotización de los autónomos a la Seguridad Social.
¿A quién van dirigidas?
Personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, por cuenta propia en el régimen que corresponda de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, cuyo inicio de actividad como trabajador por cuenta propia se realice a partir del 1 de octubre de 2015.
¿Cual es el plazo?
El plazo de presentación de solicitudes será de tres meses a partir de la fecha de inicio de la actividad del trabajador/a autónomo/a, debiéndose presentar con posterioridad al inicio de su actividad como trabajador autónomo, y una vez efectuados los gastos y realizados los pagos derivados de la puesta en marcha de su actividad.
Los beneficiarios de las subvenciones están obligados a cumplir el mantenimiento del alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social o Mutualidad del Colegio Profesional como ejerciente de la actividad, durante al menos dos años. Durante este período, el beneficiario está obligado a comunicar al órgano gestor, cualquier variación que se produzca en relación a su situación de alta como trabajador por cuenta propia.
Virginia González
Departamento de Mercantil / Gestoría
GRUPO JENASA



