El nuevo plan general de contabilidad no permitirá la amortización de los fondos de comercio
El nuevo plan general de contabilidad no permitirá que las empresas amorticen los fondos de comercio y cualquier pérdida de valor del mismo tendrá que ser reconocida contablemente en la cuenta de pérdidas y ganancias, según lo previsto en el primer borrador del plan elaborado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda.
Se está trabajando en un texto con criterios simplificados para que, sobre la base del plan general de contabilidad, las pequeñas y medianas empresas (pymes) puedan enfrentarse más fácilmente a los nuevos requisitos.
El organismo publica un borrador en su página Web (http://www.icac.meh.es/)
El borrador incorpora nuevas normas de registro y valoración sobre transacciones y elementos patrimoniales, que no regulaba el actual plan, como las denominadas “combinaciones de negocios” (que incluyen fusiones y escisiones de sociedades).
Aparte de los tres epígrafes que ya es obligatorio especificar en las cuentas de resultados—balance, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria–, se incluyen dos nuevos estados de cambios, el estado de flujos de efectivo, que recoge los flujos de tesorería generados por las compañías, y el estado de cambios del patrimonio neto.
Según las previsiones, tras la correspondiente tramitación parlamentaria, el nuevo plan general contable estará vigente a partir del 1 de enero de 2008, por lo que las cuentas de resultados presentadas en 2009 sobre el año anterior ya tendrán que recoger estos cambios normativos



