Medida contra el fraude
Hacienda ultima el desarrollo reglamentario de la ley antifraude. La norma mantiene unas obligaciones mínimas para las pymes.
Se plantea una nueva regulación de las operaciones vinculadas y los precios de transferencia, esto es, lo que se paga en los intercambios de bienes y servicios entre sociedades de un mismo grupo.
Esta norma obligará a las empresas a tener documentadas y justificadas tales operaciones, que deberán estar realizadas siempre a valor de mercado, para tenerlas a disposición de la inspección fiscal. Las operaciones intragrupo pagan impuestos por lo que su valoración es decisiva.
La obligación de documentación afecta a las empresas entre las que exista alguna relación, según los requisitos fijados en la ley antifraude: por ejemplo, tener una participación del 5% del capital, o del 1% si es una cotizada.
El reglamento va a obligar a documentar igualmente las operaciones con persona o entidades residentes en paraísos fiscales. Se persigue forzar a las empresas a trasladar a España las sociedades y rentas de estos territorios si no pueden demostrar al Fisco que tienen una justificación económica. La norma, prevé que las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, del IRPF y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes tendrán que incluir las principales magnitudes de las operaciones vinculadas o de las realizadas en paraísos fiscales.
Doble documentación
Existirá por una lado la documentación formada por información relaiva al grupo al que pertenezca la sociedad y por otro la referente a la propia sociedad. La primera deberá comprender una descripción del grupo, entidades que realizan operaciones vinculadas. Además, se incluirá la memoria o el informe anual del grupo.
La documentación específica de cada empresa tendrá una descripción detallada de la naturaleza e importe de sus operaciones vinculadas; una explicación del método elegido para la valoración de las operaciones; y la descripción de los servicios entre entidades del grupo y de los acuerdos de reparto de costes y servicios que le afecten.
A las pymes se les pedirá una documentación algo más reducida.
La revolución fiscal para las compañias
Las transacciones deben estar realizadas a precio de mercado; antes era la Administración la que debía probar el valor de las operaciones y ahora son las empresas las que tendrán que justificarlo.
Se deberán recoger todas las operaciones, su importe, una justificación del método de valoración elegido, de entre los reconocidad internacionalmente.
Se multará con 1.500 euros por cada datos, o con 15.000 euros por conjunto de datos, que falte, sea falso o inexacto. Si hay que corregir las valoraciones de las operaciones habrá una multa equivalente al 15% del importe corregido.
Hacienda prevé publicar a final de mes un borrador del reglamento de documentación para información pública. No es previsible que el Gobierno pueda aprobarlo antes de septiembre. Pero las obligaciones de documentación no entrarán en vigor hasta tres meses después de la aprobación del reglamento, esto es, ya en 2008.



