Consideración sobre el Nuevo Plan General Contable

Se está trabajando en un texto con criterios simplificados para que, las pequeñas y medianas empresas (pymes) puedan enfrentarse más fácilmente a los nuevos requisitos.

El nuevo plan general de contabilidad no permitirá la amortización de los fondos de comercio

El nuevo plan general de contabilidad no permitirá que las empresas amorticen los fondos de comercio y cualquier pérdida de valor del mismo tendrá que ser reconocida contablemente en la cuenta de pérdidas y ganancias, según lo previsto en el primer borrador del plan elaborado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda.

Se está trabajando en un texto con criterios simplificados para que, sobre la base del plan general de contabilidad, las pequeñas y medianas empresas (pymes) puedan enfrentarse más fácilmente a los nuevos requisitos.

El organismo publica un borrador en su página Web (http://www.icac.meh.es/)

El borrador incorpora nuevas normas de registro y valoración sobre transacciones y elementos patrimoniales, que no regulaba el actual plan, como las denominadas “combinaciones de negocios” (que incluyen fusiones y escisiones de sociedades).

Aparte de los tres epígrafes que ya es obligatorio especificar en las cuentas de resultados—balance, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria–, se incluyen dos nuevos estados de cambios, el estado de flujos de efectivo, que recoge los flujos de tesorería generados por las compañías, y el estado de cambios del patrimonio neto.

Según las previsiones, tras la correspondiente tramitación parlamentaria, el nuevo plan general contable estará vigente a partir del 1 de enero de 2008, por lo que las cuentas de resultados presentadas en 2009 sobre el año anterior ya tendrán que recoger estos cambios normativos

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