Exenciones del Impuesto de Circulación

Esta exención se puede solicitar en el Ayuntamiento o Junta Municipal correspondiente, siempre que el vehículo esté matriculado a nombre de una persona que posea Calificación de Minusvalía.

Siempre que el vehículo esté matriculado a nombre de una persona que posea Calificación de Minusvalía.

A continuación exponemos copia reducida del B.O.E en el que se hace referencia a la exención sobre vehículos de tracción mecánica (impuesto de circulación). Esta exención se puede solicitar en el Ayuntamiento o Junta Municipal correspondiente, siempre que el vehículo esté matriculado a nombre de una persona que posea Calificación de Minusvalía.

El plazo para el año 2003 termina el 27 de abril, y se deberá presentar la siguiente documentación:

– Original y fotocopia de la calificación de minusvalía.
– Original y fotocopia del permiso de circulación expedido a nombre de la persona de la que se presenta la calificación de minusvalía.
– Solicitud que se podrá conseguir llamando al número de las trabajadoras sociales o en el Ayuntamiento o Junta Municipal.

Importante:

Los motivos que se deben exponer en la solicitud son:

– Que el vehículo está destinaod al transporte exclusivo del minusválido.
– Que no disfruta de esa exención por otro vehículo.

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