Las empresas públicas y privadas, que empleen a un número de 50 o más trabajadores, vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos el 2 por 100 sean trabajadores con discapacidad. El cómputo mencionado anteriormente se realizará sobre la plantilla total de la empresa correspondiente, cualquiera que sea el número de centros de trabajo de aquélla y cualquiera que sea la forma de contratación laboral que vincule a los trabajadores de la empresa.

Existen una serie de medidas alternativas a la contratación de personas con discapacidad que pueden aplicar las empresas para cumplir con la obligación de reserva de empleo a favor de personas con discapacidad. Las medidas son las siguientes:
- Celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo, o de cualquier otro tipo de bienes
necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida o para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la
empresa.
- Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública, cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de personas con discapacidad Constitución de un enclave laboral.
Si su empresa tiene más de 50 trabajadores y no cumpliera con el requisito de tener contratado a un trabajador con minusvalía podría ser objeto de una inspección de trabajo y sufrir la correspondiente sanción administrativa.
Desde este departamento nos consta que la Inspección de trabajo esta llevando a cabo un seguimiento para velar por el cumplimiento de esta norma.
En caso de duda póngase en contacto para indicarle el procedimiento a seguir para no incurrir en esta irregularidad.



