La maternidad en el regimen de autónomos

La prestación económica por maternidad es un subsidio que se reconoce a todos los trabajadores que disfruten de los periodos de descanso que la ley reconoce tras la maternidad biológica, la adopción o el acogimiento familiar. La duración de la prestación por maternidad es de 16 semanas ininterrumpidas para los casos de parto simple.

La prestación económica por maternidad es un subsidio que se reconoce a todos los trabajadores que disfruten de los periodos de descanso que la ley reconoce tras la maternidad biológica, la adopción o el acogimiento familiar.

La duración de la prestación por maternidad es de 16 semanas ininterrumpidas para los casos de parto simple, que se amplían en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo en los casos de parto múltiple. La madre puede decidir cómo distribuir estas semanas de permiso, aunque al menos seis de ellas son de obligado disfrute tras el parto.

La prestación por maternidad en el caso de las MADRES AUTÓNOMAS

Las mujeres trabajadoras inscritas en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social tienen derecho a recibir la prestación por maternidad. Para ello deben estar dadas de alta, al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social y deben acreditar una cotización de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al parto, o a las fechas para la que se constituya la adopción o el acogimiento familiar, o 360 días en toda la vida laboral.

Si la madre es menor de 26 años estas cifras se reducen a 90 y 180 días respectivamente, mientras que si tiene menos de 21 años no se le exige periodo mínimo de cotización.

Cuánto se cobra durante la baja maternal

El subsidio equivale al 100% de la base reguladora correspondiente. Para calcular la base reguladora se divide el importe de la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al de la fecha de inicio del período de descanso, por el número de días a que dicha cotización se refiere.

Prestación de maternidad a tiempo parcial

Los trabajadores autónomos pueden percibir las prestaciones de maternidad y paternidad a tiempo parcial y compaginarlas con la actividad profesional ejercida también a tiempo parcial. Tanto la percepción del subsidio como la reducción de la actividad profesional serán en un porcentaje del 50%.

Reincorporación y bonificaciones que establece la Seguridad Social tras una prestación por maternidad

Finalizada la prestación de maternidad, las madres que se reincorporen a una actividad profesional en los dos años posteriores a la fecha del parto pueden solicitar a la Seguridad Social una bonificacióndel 100% de la cuota por contingencias comunes, y durante un período de 12 meses.

La forma de solicitar esta bonificación es mediante la redacción de una carta en la que se exponga la demanda, y su presentación en una Oficina de la Tesorería de la Seguridad Social.

Si no se ha solicitado esta bonificación por desconocimiento de la norma y se está aún dentro del periodo de dos años tras la fecha del parto, se puede solicitar la devolución del importe que corresponda bajo el concepto de pago indebido.

Comparte:

Ir al contenido