El paquete de medidas fiscales previsto por el gobierno y que ha incluido en el Proyecto de Ley de los Presupuesto Genrales del Estado para 2011 son los que el Ejecutivo ha considerado más adecuados para salir de la crisis y encaminar la recesión. Pero los expertos apuntas los posibles efectos negativos y desincentivadores en un entorno que promete seguir siendo difícil para la actividación de la economía en los próximo años.
Entre los riesgos no deseables que puede provocar alguna de las medidas contempladas, destaca la subida de tipo en el IRPF para las rentas elevadas, los cambios previstos para las rentas irregulares, el golpe a las Sicav o los ajustes a las ayudas por inversión en vivienda.
CASTIGO FISCAL EN EL IRPF PARA LAS RENTAS ALTAS
Se suben los tipos de gravamen aplicables a la tarifa estatal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las rentas superiores a 120.000 y 150.000 en 1 y 2 puntos porcentuales, respectivamente. A ello se añade el incremento decidido o anunciado para la tarifa autonómica en algunas autonomías para diferentes niveles de renta (Cataluña, Asturias, Andalucía, Baleares, Cantabria y Extremadura).
Así los nuevos tipos pueden incentivar los cambios de residencia de los perceptores de rentas del trabajo y de actividades económicas. El motivo es que otras autonomías tienen tipos marginales máximos más bajo. A ello se suma que los aumentos en lso tipos de la tarifas estatal del IRPF que, junto con los decididos en algunas regiones pueden elevar en 2011 el tipo marginal hasta el 49%, con efectos «cuasiconfiscatorios».
PERJUICIO FISCAL EN LAS RENTAS IRREGULARES DE MÁS DE 300.000 EUROS
El proyecto de Presupuestos modfica la fiscalidad en el IRPF de las retribuciones irregulares del trabajo, entre otras, las generadas en un período de desempeño laboral de dos años y un día o mayor. La fórmula utilizada ha sido la de introducir un límite de 300.000 euros en la cuantía del rendimiento íntegro sobre la que se aplicará la reducción del 40%.
Este límite supone bajar a la mitad el previsto inicialmente en el prouyecto de Ley Sostenible (600.000 euros) la medida fiscal podría acelerar las salidas de empleados antes del 1 de enero para aprovechar la mejor fiscalidad todavía hoy vigente.
GOLPE DE GRACIA PARA LAS SICAV
Entre los cambios destacan los introducidos en las sociedades de inversión capital variable, las Sicav, el vhículo preferido por las grandes fortunas y gozan de una fiscalidad privilegiada del 1%. La modificación tributaria de esta reforma afecta a que los participantes en estas sociedades no podrán retrasar como hasta ahora el pago de las plusvalías que obtengan gracias a sus inversiones en estas entidades.
Los expertos han apuntado la inseguridad jurídica en el sector dado que la medida se aplicó con carácter retroactivo. Se genera «desconfianza entre los agentes económicos».
FINAL PARA LOS INCENTIVOS EN LA INVERSIÓN DE VIVIENDA, AUNQUE CON MEJORAS PARA LOS ALQUILERES
La deducción por inversión en vivienda habitual sólo será aplicable a los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.170,20 euros anuales. El nuevo régimen no afectará a las inversiones realizadas antes de 1 de enero de 2011. Esta medida perjudicará la recuperación del sector inmobiliario a partir de 2011.
Por otro lado, se produce un cambio significativo en el ámbito de los alquileres, ya que se reduce la edad del arrendatario a 30 años, desde los 35 actuales, como condición para alcanzar la reducción del cien por cien de rendimiento neto procedente del arrendamiento de viviendas.
NUEVO LÍMITE PARA LA AMORTIZACIÓN DEL FONDO DE COMERCIO
Se elimina la posibilidad de amortizar el fondo de comercio en Sociedades cuando se adquieran participaciones en fondos propios de entidades residentes en la UE.
LA PYMES, ÚNICAS BENEFICIADAS DE LAS REFORMAS FISCALES
Las entidades de reducida dimensión – las que tienen una cifra neta de negocios anual inferior a 8 millones de euros- han sido las que mejor han salido paradas con las reformas introducidas. Tales compañías podrán seguir disfrutando de su régimen especial durante los tres ejercicios inmediatos siguientes a aquel en que se supere el umbral citado.
Este régimen especial incluye, por ejemplo, un tipo impositivo inferior al general de Sociedades en 5 puntos para los primeros 120.202,41 euros de base imponible. Otra medida complementaria que se ha introducido para las pymes es la exención para la modalidad de Operaciones societarias del ITP y AJD de las ampliaciones de capital que realicen estas entidades en 2011 y 2012.
CAMBIOS EN EL IVA E IMPUESTOS ESPECIALES
Después de la subida de tipos que ha sido efectiva desde el 1 de julio de este año, en el IVA de 2011 sólo se introducirán algunos ajustes técnicos establecidos por la normativa comunitaria en relación con las entregas del gas y determinadas importaciones.



