Con la publicación del Real decreto ley 20/2012 de 13 de julio de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se ha procedido a la revisión de la cuantía de la prestación por desempleo a partir del 6 mes.
Aprovechando esta reforma, pasamos a resumirles brevemente como queda la prestación por Desempleo a partir de la fecha indicada.
Con la citada reforma durante los 180 primeros días de prestación se percibe el 70% de la base reguladora, y a partir del 6º mes, se percibe el 50% (esta es la principal novedad en materia de desempleo). La cantidad resultante esta sujeto a retención de IRPF y descuento de Seguridad Social.
La duración, no ha sufrido recortes y queda al igual que anteriormente: 4 meses por año cotizado siendo el máximo 2 años de cobro cuando se ha trabajado los últimos 6 años.
Las cuantías quedan como se indican a continuación:
Importe mínimo
Si no tiene hijos a su cargo: 497 euros.
Si tiene al menos un hijo a su cargo: 664,74 euros.
Importe máximo
Si no tiene hijos a su cargo: 1087,20 euros.
Si tiene un hijo a su cargo: 1242,52 euros.
Si tiene dos ó más hijos a su cargo: 1397,83 euros.
* ( hijo a cargo es menor de 26 años o mayores discapacitados que convivan y no tengan ingresos de mas de 641 euros mes).




