Derecho al disfrute de vacaciones aún estando de baja médica

El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó ayer que los trabajadores en situación de baja médica justificada, ya sea a causa de enfermedad o de un accidente, conservan su derecho a cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas. Solo se pierde el derecho si el trabajador ha tenido verdaderamente la posibilidad de disfrutar de sus vacaciones.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó ayer que los trabajadores en situación de baja médica justificada, ya sea a causa de enfermedad o de un accidente, conservan su derecho a cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas.

El caso surge tras varias reclamaciones de empleados que se encontraban de baja por enfermedad y acudieron a sus respectivos tribunales para pedir el derecho a las vacaciones.

El Tribunal de Justicia señaló que «el derecho a vacaciones anuales retribuidas debe considerarse un principio del derecho social de la Unión de especial importancia, respecto al cual no pueden establecerse excepciones», informa Europa Press. Los Estados miembros pueden establecer las condiciones de ejercicio y aplicación del derecho a vacaciones anuales retribuidas, pero no pueden supeditar a ningún tipo de requisito la constitución de este derecho, agregó la sentencia.

Solo se pierde el derecho si el trabajador ha tenido verdaderamente la posibilidad de disfrutar de sus días de descanso. Por otra parte, el fallo confirmó que la normativa de la UE «no hace distinción alguna entre los trabajadores que durante el periodo de devengo de las vacaciones se ausentan del trabajo como consecuencia de una baja por enfermedad y aquellos otros que durante dicho periodo trabajan efectivamente».

Compensación

La sentencia advierte que el trabajador debe obtener compensación económica por las vacaciones anuales no utilizadas.

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