Fomento de proyectos de innovación, con especial atención a los sectores aeroespacial, de la biotecnología y de las tecnologías de la información (2012)
En plazo Inicio: 10 marzo 2012 | Fin: 15 diciembre 2012
1.- Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas, agrupaciones o asociaciones de empresas, cuyas operaciones financieras estén directamente relacionadas con la innovación para el desarrollo de nuevos productos o servicios, cambios cualitativos en los productos o servicios existentes e implantación e inversión en nuevos procesos productivos que supongan una mejora tecnológica cualitativa y apreciable, así como la mejora de la gestión y comercialización mediante la aplicación de nuevas tecnologías.
Se incluyen aquellas empresas que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad y realicen un proyecto financiable y relacionado con la innovación tecnológica en los siguientes sectores:
a) sector aeroespacial
b) sector de la biotecnología
c) sector de la tecnología de la información
d) otros sectores económicos con actuaciones innovadoras.
2.-Proyectos financiables.
a) Inversiones en maquinaria y bienes de equipo.
b) Instalaciones vinculadas a las inversiones.
c) Desarrollo de nuevos productos o servicios.
d) Cambios cualitativos en los productos o servicios existentes.
e) Implantación de nuevos procesos productivos que supongan una mejora tecnológica cualitativa y apreciable, así como la mejora de la gestión y comercialización mediante la aplicación de nuevas tecnologías.
f) Inversiones en I+D+i.
g) Proyectos relacionados con los sectores aeroespacial, de la biotecnología y de la tecnología de la información, tales como:
a. Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental.
b. Proyectos de investigación industrial.
c. Proyectos de desarrollo experimental.
• Estas operaciones financieras se formalizarán en las correspondientes escrituras, pólizas de préstamo o de leasing.
• Las inversiones a realizar y justificar por los solicitantes, deberán alcanzar un importe mínimo de 15.000 euros, IVA excluido.
• El límite de operación financiera por solicitante podrá alcanzar como máximo la cantidad de 1.000.000 euros, IVA excluido.



