Reposición desempleo en expedientes regulación de empleo

El Articulo 3 Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero Ampliación del plazo para la reposición del derecho a la prestación por desempleo, publicado en el BOE del 26.01.2013 establece la prorroga de la reposición de la prestación por desempleo de afectados por E.R.E en los siguientes términos. Esta medida aunque aprobada el sábado 26 de enero de 2013.

El Articulo 3 Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero Ampliación del plazo para la reposición del derecho a la prestación por desempleo, publicado en el BOE del 26.01.2013 establece la prorroga de la reposición de la prestación por desempleo de afectados por E.R.E en los siguientes términos:

Situacion legal desempleoCuando una empresa, en virtud del artículo 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o de un procedimiento concursal , haya suspendido contratos de trabajo, de forma continuada o no, o haya reducido el número de días u horas de trabajo, y posteriormente se extingan contratos al amparo de los artículos 51 o 52.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o del artículo 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, los trabajadores afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas suspensiones o reducciones con un límite máximo de 180 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive.

b) Que el despido se produzca entre el 12 de febrero de 2012 y el 31 de diciembre de 2014.

Esta medida aunque aprobada el sábado 26 de enero de 2013, retrotae sus efectos al 1 de enero de 2013, por lo que todas aquellas personas que hayan sufrido un ERE en estos primeros dias del año, están cubiertas por esta medida.

Comparte:

Ir al contenido