El BOE del pasado 17 de octubre publicó el Extracto de la Orden de 13 de octubre de 2019 por la que se efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de concesión de ayudas a proyectos industriales de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de la industria manufacturera en el año 2019.
Las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas por la Orden ITC/859/2019 (BOE de 7 de agosto de 2019).
La dotación presupuestaría es de 65.000.000 de euros. A continuación, se exponen los principales aspectos de la citada línea de apoyo financiero.
OBJETO
Convocar en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la industria manufacturera.
BENEFICIARIOS
Podrán tener la condición de beneficiario las sociedades con personalidad jurídica, que vengan desarrollando una actividad industrial productiva durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, que no formen parte del sector público.
Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial productiva si el proyecto se refiere a actividades encuadradas en la Sección C- Divisiones 10 a 32 del CNAE 2009 o en cualquiera de las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud la autorización de gestión de residuos.

PROYECTOS FINANCIABLES Y REQUISITOS
Los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la industria manufacturera y adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:
1.Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor.
- Descarbonización, eficiencia energética y nuevas fuentes de energía sostenible.
- Materiales y productos avanzados.
- Innovación en procesos de calidad y seguridad.
- Innovaciones del proceso productivo derivados de la citada prioridadtemática 3.
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de la resolución de la concesión.
El presupuesto financiable mínimo de las inversiones es de 100.000 euros.
CARACTERÍSTICAS E IMPORTE DE LA AYUDA
Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables.
El importe del préstamo a conceder será como máximo del 80% de la inversión financiable, con un plazo de amortización total de 10 años y 3 años de carencia.
El tipo de interés será del 0% y el método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización del principal serán anuales y de igual cuantía y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
- Para los proyectos de investigación industrial: 10 millones de euros por empresa y proyecto.
- Para los proyectos de desarrollo experimental: 7’5 millones de euros por empresa y proyecto.
- Para los proyectos de innovación en materia de organización y procesos: 5 millones de euros por empresa y proyecto.
- Por empresa: 10 millones de euros por el total de proyecto en los que resulte beneficiaria en la misma convocatoria, respetando los límites anteriores.
PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD
El plazo de solicitud de la financiación finalizará el próximo 21 de noviembre de 2019.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y se presentarán en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Fuente: CEIM



