Empleados en ERTE y las vacaciones

Los empleados en ERTE no generan vacaciones durante el tiempo que dura el ERTE de suspensión de contrato.

 

Con la crisis económica generada por la pandemia del Covid-19, muchas empresas se han visto obligadas a tramitar Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a sus plantillas y tienen muchas dudas con respecto a su vigencia y aplicación. Asimismo, son muchos los trabajadores y empresarios que se preguntan hasta qué punto se ven afectadas las vacaciones laborales con los ERTE.

 

En el caso de los trabajadores en ERTE, toda la relación laboral se encuentra suspendida y, por tanto, no generan derecho a vacaciones. Esto quiere decir que las vacaciones anuales que le corresponden se verán reducidas según el número de días que se haya suspendido el contrato de trabajo. Así pues, al incorporarse de nuevo al trabajo el empleado deberá restar los días no generados de su periodo ordinario de vacaciones para determinar cuántos días le corresponden exactamente.

¿Puede la empresa puede obligar al trabajador en ERTE a cogerse vacaciones?

 

La empresa puede proponer al trabajador que disfrute de sus vacaciones, pero nunca imponer esta decisión. Las vacaciones se deben pactar de mutuo acuerdo, de acuerdo a lo establecido en el convenio colectivo sobre la planificación anual de las vacaciones.

 

El artículo 38 del Estatuto del Trabajador regula el derecho al disfrute del periodo vacacional que no podrá ser inferior a 30 días naturales al año y se comunicará al trabajador al menos 2 meses antes de su disfrute.

 

Respecto a los ERTES y las vacaciones surgen muchas preguntas, tenemos todo un área laboral dispuesta a ayudarte. 91 621 04 70.

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