En primer lugar definamos estos 3 conceptos:
Nombre o denominación social:
Toda combinación de letras o palabras que identifica a una sociedad y la distinge de otras.
Nombre comercial:
Todo signo (palabras, imágenes, dibujos, …)que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguir a las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares.
Marca:
Todo signo que sirve para distinguir en el mercado un producto o servicio de una empresa de las otras.
Todas las sociedades mercantiles necesitan para el inicio de su actividad una denominación social para actuar en el tráfico mercantil. Esta denominación social permite identificar a la empresa de la misma manera que identificamos a las personas físicas, por su nombre, pero a diferencia de estas, no pueden existir dos empresas con el mismo nombre. Para ello, el primer paso en la constitución de una sociedad es solicitar el nombre al registro mercantil central y obtener el certificado que acredita que no existe ninguna sociedad con el mismo.
En contraposición a la denominación social, existe el nombre comercial que se registra en la oficina de patentes y marcas, y que identifica a una empresa frente a otras que desarrollan actividades idénticas o similares.
Este nombre comercial es optativo pero conveniente, puesto que nos estamos encontrando cada vez más con la situación de que otra empresa, usa como nombre comercial, nuestra razón social, o viceversa. Esto sucede puesto que son dos registros diferentes y dos conceptos diferentes.
Por ello, decimos que no es obligatorio, a diferencia de la razón social, pero si que es conveniente, si tenemos pretensiones de expansión comercial y de ser conocidos por un distintivo que nos diferencie del resto de empresas del sector.
Junto al nombre comercial, tenemos además la posibilidad de solicitar la inscripción de nuestra propia marca si estamos ofreciendo un producto o servicio determinado. Cuando hablamos de marca, se nos viene a la mente una famosa bebida que comercializa sus refrescos con diferentes marcas (refresco de cola con una marca distinta al refresco de naranja y limón). No sólo las grandes empresas pueden acceder al registro de sus marcas, cualquier persona física o jurídica tiene la posibilidad de comercializar sus productos o servicios bajo una marca registrada que los distinga del resto de productos o servicios de la competencia. Cuando comercializamos, bajo una marca, es más fácil que los clientes asocien el producto con nuestra empresa.



