Servicio de portería: empleado a su servicio

Una fuente de malestar y controversia en las Comunidades de Propietarios suele ser el servicio de portería; ese Señor de mono azul por las mañanas y traje gris por las tardes; ese Señor con el que algunos vecinos hablan amistosamente de forma cotidiana fumando un cigarrillo, mientras otros pasan sin decir siquiera buenas tardes; ese Señor al que en las Juntas Generales, mientras unos le "crucifican" con más o menos motivos, otros le ensalzan también con más o menos motivos; o ese Señor que cobra mucho para lo poco que hace y que encima deja secar los jardines; pero en

Una fuente de malestar y controversia en las Comunidades de Propietarios suele ser el servicio de portería; ese Señor de mono azul por las mañanas y traje gris por las tardes; ese Señor con el que algunos vecinos hablan amistosamente de forma cotidiana fumando un cigarrillo, mientras otros pasan sin decir siquiera buenas tardes; ese Señor al que en las Juntas Generales, mientras unos le «crucifican» con más o menos motivos, otros le ensalzan también con más o menos motivos; o ese Señor que cobra mucho para lo poco que hace y que encima deja secar los jardines; pero en definitiva, el empleado de la finca no es otro que ese Señor cuyo trabajo consiste en cubrir las necesidades de una Comunidad de Propietarios, que cuyos derechos y obligaciones están establecidos en un convenio laboral y que cuyo sueldo también está fijado en este convenio; en definitiva, como cualquier otro trabajador de este país.
Lo que sí, sin duda le diferencia de la mayoría de otros trabajadores, es la diversidad de funciones a su cargo dentro de su horario de trabajo y la cantidad de personas a las que tiene que rendir cuenta del mismo. Si esto no es considerado o tenido en cuenta por los vecinos, seguro que están incurriendo en una falsa valoración del empleado en cuanto a su rendimiento como trabajador.

Pero ya no se trata únicamente de valorar en más o en menos a esta persona, sino que la infravaloración de su trabajo, en la mayoría de los casos produce por parte del trabajador una reacción de rechazo hacia lo bien hecho, lo que a su vez significa un deterioro del servicio, y finalmente el consiguiente perjuicio para la Comunidad.

Entonces, ¿cómo actuar?; pese a la dificultad que entraña establecer unas normas que regulen las relaciones entre el portero y la Comunidad, nuestra experiencia en estos asuntos nos permite tener la osadía de facilitar una serie de consejos en este sentido.

Horario: el horario debe ser flexible y permitir al empleado que sea él mismo quien lo acople a su trabajo; más que fijarle un horario de forma estricta e inamovible es preferible dejarle claro cuales son sus funciones y la periodicidad con las que debe realizar las tareas. La experiencia nos ha demostrado en más de una ocasión que cuando se le ha querido cambiar el horario al portero, ha resultado que nos faltan horas; las que venía haciendo de más para compaginar las tareas y que nadie lo sabía.

El jefe del empleado: El jefe, digámoslo así, del empleado debe ser una sola persona o como mucho dos; normalmente este cargo recae sobre el Presidente o/y el Administrador que son quienes le marcan, o le deben marcar la pauta en su trabajo. Cualquier queja motivada por falta de celo o negligencia en el desempeño de sus funciones deberá ser puestas en conocimiento de estas personas, quienes lo participarán al portero de la forma que mejor proceda, pero nunca que cada vecino le llame la atención o le dé nuevas instrucciones cuando lo crea conveniente.

Empleado de la finca, no particular: En ningún momento se debe olvidar que el empleado está al servicio de la finca y no al particular de cada vecino; es una práctica bastante habitual que el portero se preste a realizar trabajos particulares a los vecinos dentro de su jornada de trabajo, consiguiendo con ello la amistad de unos, la enemistad de otros y por consiguiente el perjuicio para la Comunidad.

Emolumentos: Estos deben ser siempre los que establezca la legislación y normativa vigente en cada momento; el hecho de pagarle algún concepto fuera de nómina con el fin de ahorrar gastos, puede causar un doble problema. Primero, ante una inspección del Ministerio de Trabajo, el alto costo que supondría regularizar la situación; y segundo, el malestar que se genera en el empleado al ver que no se le remunera correctamente.

Por supuesto que estos consejos no son la panacea para solucionar todos los problemas que se pueden plantear con el empleado de una finca; tampoco hemos hablado de la capacidad de trabajo de esta persona, pero en líneas generales sí pueden servir, al menos, para aminorarlos en el caso de que estemos tratando con trabajadores que se puedan considerar como normales en el desempeño de sus funciones.

Y para terminar, tener siempre presente que el portero es un trabajador como otro cualquiera de los que viven en la propia Comunidad, con unos derechos y unas obligaciones reguladas por convenio y del que hay que saber valorar todas sus facetas, dadas las múltiples funciones y tareas que tiene a su cargo.

Más información en Área de Clientes.
Si aún no es cliente, pronto podrá registrarse on-line.

Comparte:

Ir al contenido