Subvenciones previstas para el proximo año

Es muy importante tener claro que subvenciones pueden publicarse en los próximos tres meses tomando en consideración los últimos años transcurridos.

Creemos importante recordar a nuestros clientes, que en el primer trimestre de cada año, los diferentes organismos públicos convocan subvenciones, siendo el periodo de presentación muy breve. Este es el motivo, de que muchos empresarios pierdan la oportunidad de presentarlas, es demasiado tarde cuando se enteran de su publicación.

Por este motivo, hemos pensado que es muy importante tener claro que subvenciones pueden publicarse en los próximos tres meses tomando en consideración los últimos años transcurridos. Lean atentamente, las directrices que les damos y si encajan en alguna de ellas, contacten con nosotros en ese mismo momento, estaremos encantados de revisar si reúne los requisitos, así como podremos presentarlas en plazo.

Por último, tengan en cuenta que las fechas y cantidades abajo indicadas son aproximadas, han sido redactadas conforme a las del año anterior, así como podría darse el caso de que alguna subvención de las indicadas no se convocase este año.

Subvenciones por creación de empleo

Programa de fomento de empleo estable en la Comunidad de Madrid.

Beneficiarios:

Pequeñas y medianas empresas o empresarios individuales, asociaciones y fundaciones, que realicen contratos indefinidos y altas de trabajadores autónomos entre el 1 de Enero de 2004 y el 30 de abril del mismo año (aproximadamente). Los trabajadores deberán estar desempleados o inscritos en el INEM antes del inicio de la relación laboral.

Como condición indispensable, se establece que hay que generar empleo, es decir aumentar el nivel medio de plantilla (no la sustitución de trabajadores)

Linea de ayudas:

Fomento del empleo estable
Fomento del empleo y autoempleo para mujeres desempleadas y personas mayores de 45 años.
Fomento del empleo en los nuevos yacimientos

El año pasado el plazo de presentación terminó el 9 de Mayo.

Ayudas a proyectos juveniles generadores de empleo estable de la Conserjería de Educación.

Los beneficiarios son:

Las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid que entren en funcionamiento entre el 1-5-2003 y el 31-03-2004 (período tomado de la convocatoria del año anterior). Se exigirá que la pyme este promovida por personas físicas menores de 30 años.

Los empleos que vayan a ser subvencionados deberán tener la condición legal de desempleados, como mínimo dentro del mes inmediatamente anterior a la formalización del contrato, o alta en el régimen de la seguridad social. NO podrán obtener esta subvención ni sociedades civiles ni las comunidades de bienes.

El objeto es:

La ayuda a proyectos de empresas que contribuyan a la generación de empleo juvenil.

Ayuda:

El año pasado, la subvención fue a fondo perdido de mínimo 6.000 euros. Se incrementaba en 2.000 euros si el autónomo o el trabajador cuyo contrato se subvencionaba no ha trabajado más de 90 días, llevaba al menos 1 año como desempleado o era menor de 25 años. Además se incrementaba en otros 2.000 euros si el trabajador o autónomo era minusválido o preceptor del IMI

El plazo de presentación acabó el 30 de Marzo.

. Ayudas para compensar gastos de la Seguridad Social de trabajadores autónomos y socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales.

Beneficarios:

Autónomos o cualquier otro trabajador por cuenta propia, que el alta o inscripción en la Seguridad Social se haya realizado en el 2003.

Requisitos:

Se debe cumplir al menos uno de los siguientes que se indican:

¸ Que la beneficiaria sea mujer
¸ Que el autónomo tenga la condición de minusválido con un grado mínimo del 33 por 100
¸ Llevar inscrito como desempleado en el INEM un año antes del alta
¸ Ser desempleado menor de 30 años o mayor de 45, en el momento en que se produzca el alta en la Seguridad Social. Se considera desempleado al solicitante que lleve al menos 3 meses en esta situación inmediatamente anteriores al alta en autónomos
¸ Tener concedida alguna de las subvenciones financieras siguientes: Apoyo al empleo de cooperativas y sociedades laborales.

Plazo de presentación de solicitudes el año pasado terminó el 30 de Abril de 2.003.

Ayudas al empleo de mujeres

Beneficiarias:

Empresarias individuales que ejerzan su actividad en la Comunidad de Madrid. Ejerciendo funciones de administración y/o gerencia. En el supuesto que la solicitante sea una sociedad el 100 por 100 del capital social debe estar suscrito por mujeres.

Requisitos:

Haber generado al menos un empleo indefinido de mujer en el periodo comprendido entre el 1 de Marzo de 2003 y el 28 de Febrero de 2004. Para las empresas creadas con anterioridad deberá producirse un incremento del nivel medio de plantilla.

Excepciones:

1. Empresarias y PYMES cuya actividad sea la de transportes, Producción, Pesca , exportación, productos CECA.

2. Comunidades de bienes y sociedades civiles.

El plazo de presentación el año pasado terminó el 24 de Febrero.

Subvenciones por inversiones y financieras

Incorporación de tecnología de la información a pymes

Beneficiarios:

Pymes y empresas individuales.

Concepto subvencionables:

Los gastos de equipamiento y aplicaciones para la implantación de soluciones tecnológicas globales: presencia en internet, adquisción de equipos informáticos, equipos de gestión de red, cableado, servidores, aplicaciones de comercio electrónico

Cuantía: 50% de la subvención.

La presentación acabó el año pasado en Febrero.

Ayudas financieras

Ayudas financieras destinadas a facilitar el acceso a la financiación ajena a las PYMES madrileñas de nueva creación o con ocasión de su establecimiento en la Comunidad de Madrid.

La constitución de la sociedad o alta en autónomos debería haberse producido a partir del durante el año 2003.

a) Actividades subvencionables:

Operaciones financieras objeto de subvención, deberán destinarse a la financiación de uno o varios de los siguientes conceptos:

ß Operaciones de reestructuración de pasivo vinculado a inversiones en activo fijo.
ß Gastos realizados con motivo de obras y trabajos para acondicionamiento de local.

b) Cuantía: Operaciones financieras por importe no inferior a 18.000 ni superiores a 400.000.

También, el pasado año se fomentaron áreas de actividad concretas como la artesanía, ayudas para estar presente en ferias, comercios, promoción de la exportación de productos (comercio exterior), entre otras.

Si están dentro de los perfiles señalados, no dejen pasar la oportunidad de solicitar las Ayudas, así como no duden en ponerse en contacto con el Departamento de Gestoría, donde estaremos encantados de asesorarles sobre las mismas

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