La TGSS está reclamando a los autónomos que estuvieron en situación de IT entre los años 2019 a 2021 las cuotas que dejaron de abonar a partir del día 61 del inicio de su baja en los casos en que no estuviesen cotizando por el CESE DE ACTIVIDAD, (hasta el día 60 de la baja el autónomo tiene la obligación de pagar su cuota, pero a partir del día 61 esa obligación pasa a su mútua).
Aquí ponemos una copia de la carta que estos autónomos están recibiendo donde viene bastante bien explicado además de indicar que estos importes no tendrán recargo.