Aprobados los Modelos y Plazos para la Renta 2012

El martes 26 de marzo de 2013 se publicó la Orden HAP/470/2013, de 15 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2012. Descubre los plazos de presentación de la Declaración de IRPF - 2012.

El martes 26 de marzo de 2013 se publicó la Orden HAP/470/2013, de 15 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2012.

Plazos de presentación de la Declaración de IRPF – 2012

Renta 2012 a) El comprendido entre los días 24 de abril y 1 de julio de 2013, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por vía telemática a través de Internet.

b) El comprendido entre los días 6 de mayo y 1 de julio de 2013, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por cualquier otro medio.

Al igual que anteriores años si la renta es a ingresar, el importe resultante de la autoliquidación se podrá fraccionar, sin intereses ni recargo alguno, en dos partes: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda del 40% restante. Para disfrutar de este beneficio, la declaración debe presentarse dentro de plazo y que ésta no sea una autoliquidación complementaria.

Novedades más relevantes de los modelos

Modelos renta

  • Nuevo supuesto de declaración complementaria, ya que cuando el contribuyente traslade su residencia a otro Estado miembro de la Unión Europea, podrá optar por:

1.- Imputar las rentas pendientes al último periodo impositivo que deba declararse por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas mediante autoliquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno.

2.- O bien, se podrá presentar una autoliquidación complementaria también sin sanción  ni intereses de demora ni recargo a medida en que se vayan obteniendo cada una de las rentas pendientes de imputación.

  • Nueva casilla para los supuestos de transmisión de elementos patrimoniales que hayan gozado de la libertad de amortización.
  • Indicar si se ha presentado la autoliquidación del Gravamen único sobre revalorización de activos para aquellos empresarios personas físicas que se hayan acogido a la actualización de balances.
  • Reseña a la exención parcial de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de inmuebles urbanos adquiridos a título oneroso a partir del 12 de mayo de 2012 y hasta el 31 de diciembre del mismo año.
  • Gravamen complementario a la cuota íntegra para la reducción del déficit público en los ejercicios 2012 y 2013. Como consecuencia durante ambos ejercicios tendremos mayor tributación, presión fiscal.
  • Se ha suprimido la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual para viviendas adquiridas antes de 20 de enero de 2006.

Al igual que anteriores años si la renta es a ingresar, el importe resultante de la autoliquidación se podrá fraccionar, sin intereses ni recargo alguno, en dos partes: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda del 40% restante. Para disfrutar de este beneficio, la declaración debe presentarse dentro de plazo y que ésta no sea una autoliquidación complementaria.

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