Período Voluntario de Pago de Deudas Tributarias
Los plazos de pago en período voluntario de las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, son los siguientes:
- Liquidaciones que se hayan notificado entre los días 16 y 31 de octubre, se podrán ingresar hasta el 5 de diciembre.
- Liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de noviembre, se podrán ingresar hasta el 20 de diciembre.
- Liquidaciones notificadas entre los días 16 y 30 de noviembre, se podrán ingresar hasta el 5 de enero.
I.R.P.F. e Impuesto Sobre Sociedades
Pago de Impuestos
Retenciones e ingresos a cuenta de grandes empresas: El día 20 de diciembre termina el plazo de declaración e ingreso de las retenciones e ingresos a cuenta, efectuados durante el mes de noviembre del año 2011, por empresas con un volumen de ventas superior a 6.010.121,04 euros durante el año 2010.
Pago fraccionado: El día 20 de diciembre termina el plazo durante el cual, los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades deberán efectuar el correspondiente pago fraccionado del impuesto.
Declaración del Impuesto sobre Sociedades: Las sociedades deberán presentar su autoliquidación por el Impuesto sobre Sociedades en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
Renuncia o revocación de la renuncia a los regímenes de Estimación Directa Simplificada y Estimación Objetiva del I.R.P.F.
Durante todo el mes de diciembre y hasta el 2 de enero, los contribuyentes del I.R.P.F. que desarrollen una actividad económica podrán solicitar la renuncia o la revocación de la renuncia al régimen de estimación directa simplificada o al régimen de estimación objetiva, para el año 2012.
La renuncia tendrá efectos para un período mínimo de tres años. Transcurrido este plazo, se entenderá prorrogada para cada uno de los años siguientes, salvo que se revoque dicha renuncia.
Le informamos que la Orden por la que se aprueban los módulos para 2012 ha sido publicada en el BOE del 29 de noviembre de 2011.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Pago de impuestos
Entre los días 1 y 20 de diciembre transcurre el plazo durante el cual deberán presentar declaración del impuesto correspondiente al mes de noviembre de 2011, los sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural (en términos generales, quienes hayan solicitado la devolución mensual del I.V.A. y las grandes empresas, es decir, aquellas empresas cuyo volumen de operaciones ha excedido de 6.010.121,04 euros el ejercicio anterior). El modelo de declaración es el 303.
Además, el 20 de diciembre también finaliza el plazo para presentar:
– la declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro del I.V.A. (modelo 340).
– la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349).
Opciones, renuncias y revocaciones
Durante el mes de diciembre y hasta el 2 de enero, transcurre el plazo para presentar la opción, renuncia o revocación de la renuncia a determinados regímenes especiales y de carácter sectorial, destacando:
La opción o revocación de la aplicación de la prorrata especial, para el año 2012.
La renuncia al régimen de deducción común para sectores diferenciados, para el
año 2012.